Coahuila, entre el feminicidio y la violencia familiar

mayo 5, 2026
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POR CEDIL

El SESNSP reportó 1 feminicidio en Coahuila en enero de 2026 y 148 a nivel nacional en el Q1. La nueva Ley General para Prevenir y Sancionar el Feminicidio, aprobada en abril, establece penas de 40 a 70 años y obliga a investigar cualquier muerte violenta de mujer con perspectiva de género desde el primer momento. La pregunta es si cambia el número de casos tipificados, no solo los sancionados

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública reportó para enero de 2026 un caso de feminicidio en Coahuila, dentro de un total nacional de 54 en ese mes. La entidad figura entre las de menor incidencia absoluta en este delito, en contraste con Sinaloa, que encabezó el listado con ocho casos, la Ciudad de México con cinco, Estado de México y Tamaulipas con cuatro cada uno. En el acumulado del primer trimestre de 2026, enero a marzo, el RNID del SESNSP registra 148 feminicidios en todo el país, con seis estados concentrando el 46.6 por ciento del total.

El dato de Coahuila, sin embargo, exige una lectura que el número bruto no contiene. La entidad ocupa el segundo lugar nacional en violencia familiar con 431 carpetas por cada 100 mil habitantes, el mismo sistema de datos que documenta la baja incidencia de feminicidio también documenta esa tensión. La relación entre violencia familiar y feminicidio no es especulativa. En la metodología de la propia Fiscalía General del Estado, el feminicidio es el punto final de una escalada que frecuentemente pasa por violencia doméstica, amenazas y lesiones antes de llegar al homicidio. Un estado con el segundo lugar en violencia familiar y el primer lugar en amenazas tiene un perfil de riesgo que los datos de feminicidio, por sí solos, no capturan en su totalidad.

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En ese contexto llega la nueva Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar el Feminicidio, aprobada por la Cámara de Diputados en abril de 2026 por unanimidad, a propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum. El instrumento establece penas de 40 a 70 años de prisión para quien cometa este delito y, lo que es igual o más relevante en términos prácticos, obliga a las fiscalías estatales a investigar cualquier muerte violenta de una mujer con perspectiva de género desde el primer momento sin esperar a que la familia exija la reclasificación.

Esta última disposición tiene implicaciones directas para Coahuila. El análisis de Causa en Común y la CNDH ha documentado a nivel nacional que existe una brecha sistemática entre el número de mujeres que mueren de manera violenta y el número de esos casos que efectivamente se tipifican como feminicidio. A nivel nacional, solo el 22 por ciento de los asesinatos de mujeres se clasifica como feminicidio, en algunos estados la proporción es tan baja como el 4 o el 9 por ciento. 

Si la nueva ley se aplica con rigor en Coahuila, es posible que el número de feminicidios registrados aumente no porque haya más violencia, sino porque más casos que antes se clasificaban como homicidio doloso reciben la tipificación correcta. Esa distinción, que puede parecer técnica, tiene consecuencias concretas: cambia la pena, cambia el protocolo de investigación y cambia la respuesta institucional hacia las familias de las víctimas.

Los datos del primer trimestre de 2026 son el punto de comparación. Lo que muestre el RNID en los meses posteriores a la entrada en vigor de la nueva ley dirá si la norma cambió la forma en que Coahuila registra sus muertes de mujeres.

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