Ciudad de México.- En 2020, el gobierno federal decidió eliminar un artículo de la Ley General de Víctimas; en él se establecía que era obligatorio para el Estado mexicano otorgar un presupuesto anual para la atención a víctimas del delito en México, y aunque se sugería un presupuesto mínimo, esta cantidad podía variar. Haber eliminado este artículo abrió la puerta a que ese presupuesto no se asignara o simplemente se usara para otras cosas; de ahí que el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) promoviera un amparo para anular esta medida. El caso será revisado este 9 de agosto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual tendrá la palabra final sobre el tema y decidirá si comprometerá al Estado a hacer obligatorio de nuevo un presupuesto anual para las víctimas.
El Ministro Luis González Alcántara Carrancá, de la Primera Sala de la SCJN, será el encargado de presentar el proyecto el próximo miércoles. En él se propone conceder el amparo promovido por el Centro Prodh y, además, se ordena al Estado garantizar un mínimo presupuestal anual para la atención y reparación de daños a las víctimas de algún delito en México.
Quien recibe este presupuesto es la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV). Con estos recursos, la CEAV se encarga de cubrir gastos de reparación integral de las víctimas de delito y violaciones a derechos humanos. También cubre sus gastos funerarios, médicos y psicológicos, terapéuticos, hospitalarios, traslados, hospedaje y alimentación de las víctimas o de sus familiares.
¿Qué está pasando con el presupuesto para las víctimas en México?
Los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) apuntan que, entre el 1 de enero y el 20 de junio de 2023, en la República Mexicana se tuvo un registro de 192 mil 965 personas víctimas de algún delito. Según la misma institución, 64 mil 643 de ellas eran mujeres víctimas de extorsión, secuestro, abuso sexual, violación, feminicidio y otros delitos.
Todas estas mujeres están protegidas por la Ley General de Víctimas (LGV), la cual, entre otras cosas, establece que la atención a personas víctimas del algún delito está a cargo de la CEAV. También, que la CEAV recibiría un presupuesto anual específico para cumplir dicha obligación.
En noviembre de 2020, el gobierno de Andrés Manuel López Obrador impulsó una reforma gracias a la cual se eliminó la primera fracción del artículo 132 de la LGV. En él, precisamente, se establecía de manera obligatoria un porcentaje mínimo del presupuesto anual a la atención a víctimas y la prohibición de que estos recursos se usaran con otro fin. Con la reforma aprobada (y frente a los cambios en las prioridades presupuestarias) se pueden disminuir o recortar los recursos que deben otorgarse a las víctimas o pueden utilizarse para otros gastos de la CEAV.
Debido a esto, en 2021 el Centro Prodh promovió un juicio de amparo en contra de esta reforma. En él, la organización señaló que se suprimió una garantía en favor de personas que sufrieron un delito o violación a sus derechos humanos, para la protección y defensa del derecho a una reparación integral del daño. El litigio no se centra en la eliminación del fideicomiso sino en la afectación de los derechos de miles de víctimas en nuestro país, quienes (afirma el Centro Prodh) a más de 10 años de la creación de la LGV, siguen sin contar con un verdadero sistema eficiente para atender sus necesidades.
El Juzgado de Distrito con el que se llevó el amparo en primera instancia no lo analizó de fondo, pues consideró que la reforma no causó ninguna afectación. Ante esta situación, el Centro Prodh impugnó la decisión y el recurso de revisión fue remitido a la SCJN debido a su importancia y la necesidad de determinar si la reforma viola la Constitución.
Este juicio se encuentra en lista para ser votado por la Primera Sala de la SCJN, a partir de un proyecto de sentencia elaborado por el ministro González Alcántara Carrancá en el que se propone conceder el amparo al Centro Prodh. El proyecto -afirma el Centro de Derechos Humanos- es garantista y protector, pues reconoce que la reforma vulnera el principio de progresividad al ser regresiva y al no garantizar los derechos de las víctimas que previamente ya habían sido regulados en la legislación mexicana.
Como consecuencia, el proyecto de sentencia ordena asegurar el mínimo de presupuesto anual exclusivo para atención y reparación a víctimas que preveía anteriormente la ley. Además, contempla que las medidas de apoyo y reparación integral del daño bajo ningún supuesto deben ser inferiores a la cantidad que corresponda al 0.014 por ciento del gasto programable en el Presupuesto de Egresos de la Federación del año inmediato anterior.
Esto significa que en 2024 deberían destinarse al menos 834 millones de pesos para la atención de víctimas mediante la CEAV. Este monto sería superior en un 38 por ciento al presupuesto aprobado en 2023 para estas medidas.
Organizaciones y colectivos de víctimas hacen un llamado a los y las integrantes de la Primera Sala de la SCJN (las ministras y ministros Margarita Ríos Farjat, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena) a votar en favor del proyecto, ya que tienen la oportunidad de garantizar los derechos de miles de víctimas de la violencia en México.
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