Ciudad de México.-El Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República advirtió de la imparable violencia contra las mujeres en México, pues cada día, en promedio, son violadas 243 mujeres mayores de 18 años y la impunidad prevalece en la mayoría de estos delitos, dado que en el primer semestre del 2023 se registraron 66 casos diarios de violación contra mujeres.
La violencia sexual contra las mujeres es un problema grave, extendido y en aumento que, en los hechos, representa uno de los principales obstáculos para el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, de acuerdo con una investigación de la Dirección General de Difusión y Publicaciones del IBD.
El estudio titulado El panorama de la violencia sexual contra las mujeres en México, elaborado por el investigador César Alejandro Giles Navarro, señala que tan solo en el 2021, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, INEGI, se calcula que se cometieron 1.7 millones de delitos sexuales contra las mujeres, que van desde el acoso hasta la violación.
Además, la investigación del IBD revela que, durante el primer semestre de 2023, cada día se denunciaron en promedio 66 presuntos delitos de violación en las procuradurías y fiscalías de las entidades; sin embargo, precisa que la mayoría de las víctimas no denuncia, por lo que la cifra negra del delito de violación es mucho más alta.
En ese sentido, señala que, según los últimos datos del INEGI, en el 2021 se habrían cometido más de 88 mil violaciones a mujeres, lo que significaría que, en promedio, cada día habrían sido violadas 243 mujeres mayores de 18 años en todo el país.
En cuanto al castigo de estos delitos, prevalece la impunidad, ya que citó como ejemplo que, en 2021, año en el que se registraron 1.7 millones de delitos sexuales, solo fueron recluidas 10 mil 807 personas a las cárceles del país acusadas de delitos contra la libertad y seguridad sexual, lo que implica que, por cada 157 delitos sexuales cometidos en ese año, sólo una persona pisó la cárcel.
Estos números reflejan una situación inaceptable, así como la urgente necesidad de tomar acciones inmediatas para garantizar la seguridad y protección de las mujeres, considera el estudio.
El 90 por ciento de las mujeres que han experimentado violencia física o sexual, asegura el investigador, no denuncian por miedo, vergüenza y desconfianza hacia las autoridades, según datos del INEGI.
Por ello, señala que es urgente colocar en el centro a las mujeres en las políticas públicas de prevención y atención de la violencia sexual, buscando crear un ambiente seguro y propicio para que las mujeres puedan denunciar sin temor a represalias y recibir el apoyo psicológico y legal para su recuperación integral, propone.
El hecho que, de acuerdo a cifras oficiales, aproximadamente la mitad de las mujeres en el país hayan experimentado algún tipo de violencia sexual es una evidencia irrefutable de la urgencia de abordar esta problemática de manera integral y efectiva.
Medidas de prevención
En los últimos años, el Congreso de la Unión ha aprobado algunas reformas para atender la violencia sexual contra las mujeres, como la prisión preventiva oficiosa para abusadores de menores de edad, la “Ley Olimpia” y la “3 de 3” contra la violencia de género.
Otras reformas, como la eliminación de la prescripción para el delito de violación y medidas más drásticas, como la castración química para violadores, siguen siendo analizadas por el Congreso.
La Ley No es No se presentó el 27 de abril de 2022 como iniciativa de las y los senadores para reformar al Código Penal Federal, con el objeto de centrar la definición del delito de violación en la falta de consentimiento de la víctima y no tanto en el término de la violencia, a fin de cubrir situaciones en los que existe coacción simbólica o bien se aprovecha de situaciones como los efectos del alcohol y otras sustancias.
Para la “Castración química a violadores” se han presentado dos iniciativas en el 2019. Diversos países han adoptado la castración química para violadores. En los Estados Unidos, Rusia, Corea del Sur e Indonesia, esta medida puede ser ordenada por los jueces en casos como pederastia o violadores reincidentes. En otros países como Reino Unido, Australia, España y Francia la castración química es una medida voluntaria.
El 29 de abril de 2021, el pleno del Senado de la República avaló una reforma al Código Penal Federal para eliminar la prescripción de los delitos sexuales contra menores de 18 años y asegurar que estos ilícitos se puedan sancionar, con el fin de que los agresores puedan ser investigados, enjuiciados y, en su caso, condenados, sin importar que las víctimas emprendan acciones legales muchos después de haber sido violentadas. Esta reforma se encuentra pendiente en la Cámara de Diputados
En México, según el artículo 6, fracción V de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la violencia sexual se define como “cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que, por tanto, atenta contra su libertad, dignidad e integridad física”.
Esta ley, además, considera a la violencia sexual contra las mujeres como “una expresión de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto”.
Los delitos contra la libertad y seguridad sexual son la violación, abuso sexual. acoso u hostigamiento sexual, estupro y violencia digital o delitos contra la intimidad sexual.
En los últimos años, el Congreso de la Unión ha aprobado las reformas para atender el problema de la violencia sexual contra las mujeres:
Prisión preventiva a abusadores sexuales de menores. El 12 de abril de 2019 se publicó la reforma constitucional que incorporó la prisión preventiva oficiosa para el abuso o violencia sexual contra menores, entre otros delitos (DOF, 12/04/2019).
Ley Olimpia. En abril de 2021 el Congreso aprobó diversas reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal, mediante las cuales se reconoció a la violencia digital y se establecieron disposiciones para sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia o violencia digital.
A estas reformas se les denominó “ley Olimpia”, en honor a su impulsora, la activista Olimpia Corral Melo quien, luego de ser víctima de la difusión de un video íntimo sin su consentimiento, se ha dedicado a concientizar sobre este fenómeno.
“3 de 3” contra la violencia de género. En abril de 2023, se aprobó una reforma constitucional que prohíbe ocupar cargos públicos y de elección de popular a las personas sentenciadas por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
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