Saltillo, Coahuila.- Aunque el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece la obligación para las empresas de compartir un porcentaje de ganancias con sus empleados.
La realidad es que, de acuerdo con datos de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), sólo el 30% cumple, afectando así un número considerable de trabajadores en México.
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En ciudades como Saltillo, los trabajadores tienen hasta un año para reclamar sus derechos en relación con el reparto de utilidades, y en caso de no recibirlo, puede interponer una denuncia ante la Defensa del Trabajo (Profedet).
La Profedet registró un incremento del 15% en las quejas relacionadas con esta cuestión durante el año 2023, sólo en la Ciudad de México. Por otro lado, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) llevó a cabo 30 mil inspecciones a empresas durante el mismo año, y halló irregularidades en el 40% de los casos.
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Jesús Moscoso, especialista en Pay Roll y CEO de Essad, una firma dedicada a brindar asesoría integral a empresas en temas legales, fiscales y de recursos humanos, destaca que el desconocimiento tanto de los trabajadores sobre sus derechos como de algunas empresas sobre sus obligaciones, constituyen las principales barreras para el cumplimiento efectivo del reparto de utilidades.
Moscoso advirtió sobre la importancia de cumplir con los pasos y plazos establecidos por la ley, subrayando que el proceso comienza con la presentación de la declaración anual, cuyo plazo límite para personas morales es el 31 de marzo y para personas físicas el 30 de abril.
En el año 2023, la STPS impuso multas por un total de mil 200 millones de pesos por incumplimiento en el reparto de utilidades, alertó el experto.
Pero no te preocupes, a continuación te decimos todo lo que debes saber para que no te priven de tu derecho como empleado.
¿Cuánto te corresponde de utilidades?
El 10% de las ganancias obtenidas por la empresa durante el año anterior, corresponde al reparto de utilidades. Por ejemplo, este 2024 se repartirán los rendimientos del 2023.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó que el monto tenga como límite máximo tres meses del salario del trabajador o bien, el promedio de las participaciones recibidas en los últimos tres años, «lo que resulte más favorable” para el empleado.
¿Cuándo te las deben pagar?
Las utilidades deben repartirse dentro de los siguientes 60 días posteriores a la fecha de pago del impuesto anual, es decir, hasta el 30 de mayo, para los empleados de empresas, o en caso de trabajadores de un patrón (personas físicas con actividades empresariales y profesionales o personas físicas con régimen de incorporación fiscal), lo deben recibir el 29 de junio, a más tardar.
¿Qué empresas están exentas de esta obligación?
Las empresas recién establecidas están exentas de distribuir utilidades durante su primer año de operación, o incluso durante los dos primeros años si se dedican a generar productos nuevos. Tampoco están obligadas a hacerlo si su ganancia neta es inferior a 300 mil pesos.
Por otro lado, ciertos grupos de trabajadores, como los afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), empleados de instituciones públicas con objetivos culturales, asistenciales o de beneficencia, y aquellos que trabajan para instituciones privadas enfocadas en acciones humanitarias, asistenciales o sin fines de lucro, tampoco recibirán utilidades.
Cabe mencionar que los empleados contratados bajo esquemas de honorarios, así como directivos, gerentes, socios o accionistas, no tienen derecho a recibir utilidades. Lo mismo se aplica a aquellos con menos de 60 días de antigüedad durante el año en que se realiza el reparto de utilidades.
Sí tienes más dudas, aquí puedes revisar Todo lo que necesitas saber del Reparto de Utilidades.
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Con información de Vanguardia-KC
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