Ciudad de México.- Cada 28 de septiembre se conmemora el Día de Acción Global por el Aborto Legal, Seguro y Accesible, también conocido como Día por la Despenalización y Legalización del Aborto, fecha que vindica la lucha de las mujeres que se reunieron, en noviembre de 1990, en el V Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, llevado a cabo en Argentina, en donde se aprobó, a través de la Declaración de San Bernardo, la proclamación del Día por el Derecho al Aborto de las Mujeres de América Latina y el Caribe el 28 de septiembre.
La propuesta de la fecha fue realizada por la delegación brasileña, con el objetivo de poder rescatar esa fecha, pero de 1888, cuando en Brasil se declaró la libertad de vientres, asegurando la libertad a todas las hijas e hijos nacidos de mujeres esclavas.
Lamentablemente, hoy en día aún existen diversos factores y prejuicios que contribuyen a que se nieguen servicios básicos de salud a las mujeres para la interrupción del embarazo y, por supuesto, la atención posterior a dicha práctica.
La criminalización, la reducción de la disponibilidad de servicios, la estigmatización y las actitudes despectivas de los profesionales de la salud, son factores que impulsan a millones de mujeres a realizarse abortos inseguros, sin el tratamiento esencial para su recuperación.
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Todos los aspectos relacionados con el acceso a un aborto seguro y legal son la esencia del derecho fundamental de las mujeres a la igualdad, a la privacidad, a la salud física y mental, y son condiciones previas para el disfrute de otros derechos y libertades.
En la Ciudad de México, el 26 de abril de 2007 se lograron avances fundamentales gracias a las reformas al Código Penal y adiciones a la Ley de Salud, reconociendo el derecho de las mujeres a interrumpir legalmente su embarazo durante las primeras doce semanas de gestación.
En toda América Latina y en el resto de México las mujeres continúan por lo general enfrentando obstáculos para lograr el ejercicio de sus derechos reproductivos y son criminalizadas por la práctica del aborto.
Inmediatamente después de estas reformas, las mujeres pasaron de ser “delincuentes”, a ser usuarias legítimas de un servicio público.
En México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por unanimidad que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, y se pronunció por primera vez en favor de garantizar el derecho de las mujeres sin enfrentar consecuencias penales.
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Se ha demostrado que impedir el acceso a un aborto legal no solamente no contribuye a reducir la cantidad de abortos, sino que además obliga a las mujeres a recurrir a abortos inseguros y, por lo tanto, poner en peligro su salud y su vida. Al respecto, la Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que al año se realizan 25 millones de abortos clandestinos –es decir, inseguros–, siendo esta la tercera causa más común de muerte materna del mundo y la causa de cinco millones de discapacidades, en su mayoría evitables.
Al respecto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se pronunció en favor del derecho de las mujeres a decidir sobre su vida sexual y reproductiva, y en contra de la criminalización que sufren cuando se ven orilladas a la interrupción de un embarazo. Además, reconoce que la falta de acceso al aborto legal, seguro y gratuito es una clara violación a sus derechos fundamentales.
La CNDH considera que esta situación vulnera los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, así como los relativos a la igualdad y a la no discriminación, a la autodeterminación, a la vida, a no ser sometidas a torturas, a la libertad y seguridad personales, a no ser objeto de injerencias arbitrarias en la vida y en la familia, así como a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, por lo que exhorta a todas las entidades del país a que, en el marco de sus competencias, garanticen el aborto legal, seguro y gratuito como parte de los derechos humanos de las mujeres, para que tengan acceso a una ciudadanía plena y una vida digna.
El derecho a decidir otorga dignidad a las mujeres –base de los derechos humanos– y, por lo tanto, el Estado debe garantizar estos derechos sexuales y reproductivos, como educación sexual, acceso al aborto electivo realizado por profesionales y, en el marco legal, a la anticoncepción, a los tratamientos de fertilidad y a la protección legal contra abortos forzados.
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