Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las declaraciones del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) del 15 de mayo pasado violaron la Constitución al realizar expresiones de carácter electoral durante el proceso comicial en Coahuila y el Estado de México.
“Si bien, no hubo un llamado expreso para votar por un partido, fuerza política o candidatura, el mensaje sí tuvo el propósito de desincentivar o disuadir el apoyo a otras opciones políticas, al descalificar al partido denunciante y una persona de su militancia, y, en consecuencia, beneficiar a Morena”, estableció la Sala Especializada del TEPJF.
Así, el presidente no sólo violó tanto la imparcialidad como la neutralidad en las elecciones de esos estados e incluso en las del siguiente año, sino que además incurrió en actos anticipados de campaña, como señaló la queja interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN).
“El servicio público también es un recurso público, recurso humano. Y si se comete alguna inobservancia a nuestras normas, Constitución o leyes, entonces el uso del recurso humano es indebido”, explicó la magistrada Gabriela Villafuerte al hablar sobre la imparcialidad y neutralidad prevista en el artículo 134 de la carta magna.
TE RECOMENDAMOS LEER: