Por Katya González
Saltillo, Coahuila.- La diputada priista Edna Ileana Dávalos reconoció el rompimiento de paradigmas y tabúes sobre la salud menstrual, por lo que indicó que el tema debe formar parte de los derechos humanos, igualdad de género y salud pública. Es por ello que la legisladora presentó una iniciativa con proyecto de decreto para establecer una licencia menstrual a la mujer trabajadora diagnosticada con dismenorrea incapacitante.
“En México, la Cámara de Diputados aún no termina el proceso legislativo de la iniciativa en materia laboral con la que se pretende otorgar una licencia menstrual para las personas que presentan cuadros de dismenorrea primaria y secundaria, en la cual los patrones y centros laborales, podrán emitir un permiso con goce de sueldo, de hasta 3 días a quienes tengan dicho padecimiento y les imposibilite realizar sus actividades diarias, validando los síntomas con un certificado médico”, explicó.
“Dicha propuesta se encuentra siendo evaluada para la emisión de dictamen, para posteriormente discutirse en el Pleno, también incluye la prohibición hacia los patrones para despedir u obligar a renunciar a las empleadas que se diagnostiquen con dismenorrea incapacitante”, añadió.
Observó los estereotipos que estigmatizan los síntomas premenstruales, mismos que contribuyen a la discriminación y afectan a las personas menstruantes, socavando la competencia que tienen para trabajar.
La menstruación por sí sola no limita las actividades que se puedan llevar a cabo, sin embargo, la dismenorrea afecta el desempeño.
“Bajo la misma tesitura consideramos factible que las instituciones de salud pública en conjunto con el Gobierno de Estado de Coahuila, promuevan a través de acciones la creación de un beneficio permanente para las mujeres trabajadoras que se ven afectadas por este padecimiento, protegiendo su salud y derechos laborales en caso de un diagnóstico de dismenorrea incapacitante”, finalizó.
La propuesta fue turnada a la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.
¿QUÉ CAMBIOS SE BUSCAN?
Se adiciona un cuarto y quinto párrafo al artículo 32 bis del Estatuto Jurídico para los Trabajadores al Servicio del Estado de Coahuila, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 32 bis.- …
La mujer trabajadora gozará de uno a tres días de licencia de descanso al mes, si presenta un diagnóstico médico de dismenorrea incapacitante (dolor de menstruación intenso) lo cual deberá comprobar con una carta médica que lo acredite, dicha carta tendrá una vigencia anual, el otorgamiento deberá ser expedida por una institución de salud pública y no deberá ser considerado como una enfermedad profesional o causante de riesgos de trabajo.
No será necesario, que las mujeres trabajadoras beneficiadas se presenten cada mes en las instituciones de salud pública, sino que bastaría con la carta médica anual y no será causa de despido o de discriminación en la contratación el hecho de contar con este beneficio de salud laboral.
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
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