En Sabinas Chano Díaz pone en juego la laicidad electoral

septiembre 4, 2024
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Por Dorian Arrzúa y Arturo Rodríguez

Una niña se acercó a José Feliciano Díaz Iribarren y lo abrazó. Él, en su primer día de campaña, adoptó un aire patriarcal. Era el 31 de marzo de 2024, primer día de su campaña como candidato a la Presidencia Municipal de Sabinas por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM). Y en el ambiente de algarabía proselitista, en un sector popular de la localidad, la pequeña, aparentemente espontánea, actuaba como si en él depositara su esperanza.

El candidato soltó:

“Tengan toda la fe; siempre a Dios por delante y ya verán que Dios los va a recompensar”.

El acto terminó con porras, vítores y coreos a “Chano” Díaz. La memoria del evento quedó alojada en video en sus redes sociales, como la mayor parte de sus actividades de campaña que le permitieron alcanzar la victoria electoral el 2 de junio último, aunque con un margen reducido.

Díaz Iribarren es miembro de una prominente familia de la localidad que ha ocupado la alcaldía con distintos de sus integrantes, incluida su prima Carolina Iribarren, esposa de Régulo Zapata Jaime, quien también fue presidente municipal.

En contra, la coalición formada por el PRI, PRD y el Partido Unidad Democrática de Coahuila (UDC) postuló a Zulmma Verenice Guerrero Cázares, política sabinense que es diputada local con licencia.

La elección fue la más reñida de los 38 ayuntamientos que se eligieron el 2 de junio en el estado. Chano Díaz obtuvo la victoria con 12 mil 440 votos, esto es, 104 votos arriba de Zulmma Guerrero, quien recibió una votación de 12 mil 336 sufragios.

Con una participación ciudadana de 33 mil 421 electores, la diferencia de votos es de .3%; es decir, mucho menor a lo necesario para hacer factible la causal de nulidad.

Aquel primer acto del 31 de marzo fue también el primero de una larga lista de expresiones desde la génesis de la campaña hasta el fin de los tiempos proselitistas, pues el 29 de mayo, último día de actividades, dijo:

“Aquí me siento muy protegido, aquí tengo a San Judas que siempre me está protegiendo, que lo traigo aquí en mi teléfono y me lo regaló una persona especial, y qué bueno, vamos a salir adelante de esto”.

La expresión de fe fue proferida mientras mostraba la pantalla de su teléfono móvil cuyo protector era en efecto la estampa de San Judas Tadeo.

La impugnación solitaria de UDC

La elección de por sí fue contradictoria en las cifras iniciales. Zulmma Guerrero había quedado ganadora en el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), pero en el cómputo municipal José Feliciano Díaz se puso a la delantera y para el 7 de junio se declaraba ganador.

Aunque había diversas causales de nulidad, el PRI y el PRD dejaron sola a su candidata, militante de UDC, único partido que decidió pelear la elección en tribunales, primero ante el Comité Municipal Electoral, luego en el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado. Las dos instancias rechazaron los alegatos udecistas.

Finalmente el asunto será resuelto en la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con sede en Monterrey, donde hasta ahora el expediente se encuentra estancado por el cúmulo de recursos de diferentes elecciones.

La impugnación va más allá de la denuncia por el uso ilegal de símbolos religiosos, incluye mala integración de varias casillas, donde estuvieron a cargo de la votación personas y organismos distintos a los facultados legalmente.

También se pidió la nulidad por presión a los electores, toda vez que el candidato Chano Díaz se mantuvo en unas casillas de manera injustificada, obteniendo 127 votos en la básica y 105 en la contigua.

Además fueron numerosas las ocasiones en las que Chano Díaz se refirió a la candidata de PRI-PRD-UDC, con expresiones sexistas, relacionando su vida política con la de su marido, Lenin Flores, a quien señaló de estar detrás de su adversaria, o diciendo que ella no gobernaría pero sí lo haría su esposo, lo que se interpreta como una forma de restarle importancia.

Y por si todo lo anterior no fuera bastante, hubo detenciones por compra de votos con cupones y dinero en efectivo para favorecer a José Feliciano Díaz.

Respecto de las expresiones de naturaleza religiosa usadas por el candidato del PVEM, UDC advierte en su recurso que hubo una conducta reiterada y sistemática, que tuvo efectos en la votación. La razón es que la diferencia mencionada de 104 votos equivalentes a .3% de la votación ocurrió en una localidad donde la mayor parte de la población es católica y los videos de Chano Díaz con sus mensajes confesionales superan las 40 mil vistas.

De hecho, antes de iniciar la campaña, Chano Díaz ya advertía su narrativa. El 27 de marzo último, en el periodo de intercampaña, concedió una entrevista en la que dijo: “Yo quiero iniciar mi campaña en el santísimo, porque quiero que Dios me bendiga y nos vaya bien en este proyecto.

Reto al Estado laico

De acuerdo con la impugnación del partido UDC, cuya copia posee El Coahuilense Noticias, “el candidato utilizó como estrategia de campaña la violación al principio constitucional de laicidad para beneficiar su candidatura. No se trata en este caso de publicaciones aisladas y desvinculadas, se trata de una estrategia sistemática para beneficiarse de su religiosidad. La violación constitucional y legal es evidente”.

Para el abogado Ricardo Torres Mendoza, experto en derecho electoral, la prohibición de conectar el discurso religioso con el político está perfectamente establecida en el artículo 130 constitucional.

Dicha prohibición consiste en no manejar ningún tipo de símbolos religiosos ni expresiones religiosas con el fin de manipular a la población.

Torres Mendoza agrega las características históricas desde la separación Iglesia-Estado en la Reforma, para explicar la laicidad del Estado mexicano. 

­–Con las experiencias del PES y de los ministros de culto que lo integraron participando en política, en un caso como éste, ¿es vigente la laicidad? –se le plantea.

–Sí, pero los casos se siguen dando. Tenemos un presidente que emerge de una fuerza política que él mismo constituye y se llama Morena, evidentemente pensando en la Virgen de Guadalupe.

“El presidente (Andrés Manuel López Obrador|) en su conferencia mañanera usa estampas del “Detente”, expresa que Dios bendiga a las personas y habla de los pecados.

“Los ministros de culto están imposibilitados para ser votados, pero lo están haciendo. Y claro, los simpatizantes de Morena son mayoritariamente –no lo digo de manera peyorativa– fieles de la Iglesia católica y creyentes de la Virgen de Guadalupe, una figura creada por los españoles con motivación política para el sometimiento de los pueblos originarios”.

Sin embargo, Ricardo Torres Mendoza agrega que el concepto es vigente, la separación de lo divino y lo terrenal, de lo político y lo religioso, es uno de los principios más puros de la democracia.

Nulidades precedentes

El uso de símbolos o narrativas religiosas ha causado varias anulaciones de elección por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuya Sala Regional actualmente sustenta el caso de Sabinas, Coahuila.

Entre los primeros casos destaca el de las elecciones de 2003, en Tepotzotlán Estado de México, donde la propaganda del candidato contenía símbolos religiosos y presumía como obra pública la construcción de una Iglesia. Ese mismo año se anuló una elección de diputado federal en Zamora, Michoacán, porque un partido emitió propaganda en radio con alusiones religiosas y utilizó un folleto con íconos religiosos.

Esas dos anulaciones permitieron construir un criterio en el que la inclusión de símbolos religiosos en propaganda es una violación grave a la ley.

Siguió el caso en Zacatelco, Tlaxcala, donde el candidato tenía activistas de grupos religiosos, mientras que la Iglesia del pueblo exhibía mantas con propaganda electoral.

En Yurécuaro, Michoacán, la elección se anuló porque –de manera similar a Chano Díaz– el candidato usó la imagen de San Judas Tadeo, la Virgen de Guadalupe y hasta realizó una misa para quienes votaron por él.

Otros casos de nulidad se dieron en Chiautla, Estado de México, donde el candidato arengó desde el púlpito.

Asimismo hay numerosas sentencias que rechazaron la nulidad, cuando se trató de actos aislados, o donde se usaron figuras de un templo, pero como símbolo de la ciudad o rezos de pastores que no fueron sistémicos ni continuados.

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