Lizbeth Ogazón presenta proyecto para promover el trabajo digno en Coahuila

mayo 2, 2023
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Foto: Victor Martinez/El Coahuilense.

Por Katya González

Debido a la informalidad de los empleos generados post-pandemia y el rezago laboral que estos han provocado a las mujeres, la diputada Lizbeth Ogazón Nava presentó ante el Pleno del Congreso del Estado, un proyecto de decreto por el que se modifican los artículos 25, 26 y 27 de la Carta de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales del estado, a fin de promover el trabajo digno para los coahuilenses, con remuneraciones y horarios equilibrados, así como el diálogo social en la esfera laboral.

La legisladora explicó que el trabajo decente es el que se da en libertad, con dignidad humana, con seguridad y con un grado de equidad para propiciar la participación sustantiva de las mujeres en trabajos formales de decisión en el sector público y privado.

Agregó que en los tres niveles de actuación (político, programas técnicos e institucional) se buscan las oportunidades en el mercado laboral, salario adecuado, trabajo productivo, jornada laboral docente, balance entre los ámbitos laboral, personal y familiar; trabajos que deben de ser abolidos, estabilidad y seguridad, igualdad y oportunidades; y trato en el empleo en torno de trabajo seguro que da beneficios y protección a las personas, con énfasis en la cobertura de circunstancias de enfermedad, discapacidad, maternidad, accidente laboral o muerte.

Puntualizó en la necesidad de “crear leyes que busquen civilizar la globalización a partir de la humanización del mundo del trabajo” para “dar un rostro humano al desarrollo económico, a través de la reafirmación de los valores y reconocimiento de la dignidad de la persona”.

La diputada señaló que la creación de empleos de calidad garantizados por sus correspondientes derechos, actualmente siguen siendo un gran desafío para casi todas las economías en el hemisferio.

En tanto, los artículos modificados quedarían de la siguiente manera: 

Artículo 25. El trabajo digno será un derecho esencial para la realización de otros derechos humanos y constituye una parte inseparable e inherente de la dignidad humana. Se entenderá por trabajo digno aquél que es productivo en condiciones de libertad, equidad, ingreso justo y proporcional al esfuerzo realizado, sin discriminación de género o de cualquier otro tipo, seguridad y dignidad humana.

Artículo 26. El Estado, mediante el diseño e implementación de políticas, estrategias y medidas necesarias correspondientes, garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a una vida decorosa, con remuneraciones y retribuciones justas, con horario equilibrado para la recreación y vida familiar, y el desempeño de un trabajo saludable, seguro y libremente escogido o aceptado.

Artículo 27. El Estado tendrá la obligación de garantizar, mediante el diseño e implementación de políticas, estrategias y medidas necesarias correspondientes, y de conformidad con la norma federal, el ejercicio del derecho al trabajo: 

I. En su dimensión individual, en el sentido de que toda persona tendrá derecho a escoger libremente su ocupación y a renunciar a ella, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo;

II. En su dimensión colectiva, en el sentido de que toda persona tiene el derecho en la esfera local del trabajo a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, para promover el diálogo social y proteger sus intereses económicos, sociales y colectivos.

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