Reformulación de la ciudadanía desde la óptica de las migraciones internacionales

diciembre 6, 2022
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Por Gonzalo Villanueva Ibarra

La globalización es un término que comúnmente aparece en los medios de comunicación, en las aulas de clase y en algunas charlas cotidianas. Sus efectos son variados, desde los procesos de hipercomunicación cultural hasta el surgimiento de debates acerca de la soberanía y la naturaleza del Estado como aparato institucional.

Si nos centramos en el análisis de esto último, podemos decir que el Estado tiene como piedra basal el control político y la protección de las fronteras de su territorio. De esta forma, el control de los procesos migratorios (inmigración y emigración) es crucial para la soberanía del Estado. La relevancia política de las fronteras es histórica y sin ellas pareciera imposible imaginar la existencia de los Estados.

Es posible decir que la delimitación de territorialidad se ha vuelto una delimitación anacrónica de funciones materiales e identidades culturales, basta tomar como ejemplo a una persona que consume productos culturales de cualquier parte del mundo por medio de internet, incorporando así un marco de referencia que no está anclado en su lugar de origen.

En materia de economía y política se vive algo similar. Todos los Estados, sobre todo los de Occidente, buscan tomar protagonismo en el terreno global, ya sea a través del turismo, el comercio internacional, el intercambio de productos o acuerdos políticos que permitan el libre tránsito de sus mercancías a lo largo de otros países.

Sin embargo, la nacionalidad debe ser críticamente analizada desde la perspectiva de la justicia. El colapso de la soberanía tradicional, resultado de los procesos de modernización, no ha detenido el monopolio sobre el territorio a través de políticas inmigratorias y de ciudadanía. Así, el concepto de ciudadanía puede constituir un mecanismo que opera como criterio de estratificación social que delimita los escenarios para los actores políticos. Es por esto que es necesario explorar los límites del concepto de ciudadanía como medio de inclusión social y política.

Ahora bien, la existencia de las fronteras no necesariamente disuade a quien busca migrar de su lugar de origen. Siguiendo a Seyla Benhabib (2004), la membresía política se define como la significación de los procesos y prácticas para la incorporación de forasteros y extranjeros, inmigrantes y recién venidos, refugiados y asilados, en entidades políticas existentes. Es decir, la condición de miembro es significativa al verse acompañada de rituales de ingreso, acceso, pertenencia y privilegio.

Regularmente las normas de la membresía política afectan a quienes no son miembros, precisamente por que distingue a los propios de los extraños, a los ciudadanos de los no ciudadanos. Estas normas son resultado de sumas y mezclas de contingencias históricas, luchas territoriales, choques culturales y actos democráticos. La membresía política se torna como una especie de ritual a través del cual se reproduce espacialmente la nación.

En este punto resulta pertinente mencionar que las migraciones transnacionales corresponden a los derechos de los individuos por entrar en contacto con comunidades delimitadas territorialmente, buscando ingresar en ellas o queriendo convertirse en sus miembros. Las migraciones cuestionan la capacidad de acción de la política tradicional y hacen saltar por los aires los escenarios jurídicos de realización de justicia social.

La jerarquización de la ciudadanía, la etnoestratificación del mercado laboral, la segregación residencial y la exclusión de la comunidad política son ejemplos de fenómenos generados a raíz de los procesos migratorios que contravienen manifiestamente los principios y valores sobre los que las sociedades democráticas dicen sustentarse.

La cuestión crucial que vale la pena señalar es que hay una contradicción directa entre las declaraciones de los derechos humanos y la defensa de los Estados de su derecho soberano a controlar sus fronteras, así como a controlar la calidad y cantidad de quienes son admitidos. En la práctica, algunos refugiados e inmigrantes se ven sometidos a un estado de excepción no declarado, con suspensión absoluta de las garantías legales.

Si queremos acercarnos a un modelo de sociedad pluralista es necesario prestar especial atención a las esferas sociales de heterogeneidad. Puntualizar el valor de la inclusión para enfatizar las luchas de los grupos marginados que buscan ganar la admisión a la esfera pública como iguales que poseen todos los derechos de los ciudadanos. De igual manera, es necesario prestar atención no sólo a la probabilidad general de encontrar trabajo para la comunidad migrante, sino también su calidad y nivel salarial.

Finalmente, más allá de un fatalismo, que no contribuye a nivelar el campo de juego para los actores involucrados, se debe considerar a México como parte de un mundo globalizado. Al compartir con otros Estados la problematización entre los criterios universales y los criterios particulares de la sociedad, debe encaminarse hacia la concepción de una ciudadanía flexible. De ahí que el acceso a la ciudadanía y, en general, las políticas migratorias deben ser replanteados desde la perspectiva de una concepción global de la justicia.

BIBLIOGRAFÍA

–Benhabib, S. (2004) Los derechos de los otros. Gedisa.

–Kivisto, P. y Faist, T. (2007) Citizenship: Discourse, Theory and Transnational Prospects. WileyBlackwell.

–Velasco, J. (2016) El azar de las fronteras. Fondo de Cultura Económica.

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