Acecho, otro tipo de violencia contra mujeres

abril 8, 2025
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Foto: Valeria Macías

Ciudad de México. – Actualmente, existe una cifra negra de mujeres víctimas de acecho, ya que este no es un delito reconocido en toda la república; siendo que la mayoría de los casos de desapariciones forzadas o feminicidios preceden del acecho y su tipificación podría prevenir los casos, resultando fundamental distinguirlo del acoso sexual y hostigamiento, ya que generalizarlos abre un vacío legal que vulnera a las mujeres víctimas del mismo.

“Se ha observado, en muchos casos de feminicidio, las víctimas habían experimentado formas previas de violencia psicológica y control coercitivo, incluyendo al acecho”. – Cámara de Diputados

Abordando la problemática desde la raíz, la brecha para tipificar el acecho como un delito independiente al acoso y al hostigamiento es justamente esta comparativa, siendo imprescindible conceptualizar los términos y diferenciarlos entre sí. En una entrevista para Cimacnoticias con Flor Rodríguez, abogada y defensora por los derechos humanos de las mujeres especializada en acoso y acecho, determinó al acecho como:

“Un patrón de atención repetido, reiterado no deseado por parte de quien lo recibe, dirigido a una persona específica que provoca un sentimiento de miedo, frustración, impotencia, amenaza y que se identifica con diferentes actos como vigilar, espiar, contactar o seguir a otra persona en contra de su voluntad, provocando en la víctima temer por su seguridad, por su libertad incluso por su vida”. – Flor Rodríguez

Por otra parte, la organización internacional Womens Law, sostiene que el acoso sexual es el acto de amenazar con causar daño a la víctima o personas allegadas, mientras que el acecho no necesariamente tiene tintes sexuales y este se comete cuando una persona, en al menos dos ocasiones, irrumpe con contacto que produzca temor o intimidación atentando contra la integridad, la libertad o la propia vida de la víctima.

Siendo que, el acecho esta fielmente ligado con las relaciones de poder, son las mujeres el foco de víctimas de este delito no tipificado y por ende no penado, dejándolas en estado de vulnerabilidad al acudir con las instancias “correspondientes”.

“Aunque los hombres también pueden ser víctimas de este delito, las mujeres representan la mayoría de los casos y suelen ser blanco de acecho debido a relaciones de poder, violencia de género, o el control por parte de exparejas. Esta forma de violencia no solo invade su privacidad, sino que también genera un miedo constante y afecta profundamente su bienestar”. – Cámara de Diputados

En la mayoría de los casos, el acecho suele preceder delitos agravantes correspondientes con la violencia en contra de las mujeres; amedrentar, perseguir, recopilar información, merodear, monitorear redes y observar de manera reiterada es indicio de otros delitos violentos como el abuso sexual, la privación de la libertad y en última instancia, el feminicidio.

“La intención de quien acecha es una obsesión que no termina, como la violencia, va de menos a más, entonces sí, (el acecho) es la antesala de no sólo el feminicidio de muchos otros delitos”. – Flor Rodríguez

En cuanto a denuncias por acecho el panorama es muy amplio, ya que algunos estados proceden en estos casos tipificándolos bajo el delito de “amenaza”, tomando en cuenta que en el estado mexicano las leyes entre estados no están homologadas, no existe una garantía de búsqueda de justicia al denunciar casos de acecho, y de ser así serán categorizados bajo el sustento de otro delito, siendo esto una fractura al marco legal.

Siendo esta una iniciativa nacional, el interés político es el único obstáculo que se antepone frente esta utopía, pues se requiere de capacitaciones específicas para saber llevar estos casos de forma óptima, además de brindar medidas de protección a las víctimas, como: ordenes de restricción, códigos específicos, líneas de auxilio y atención directas

El acecho como delito

Desde la bancada del Partido de la Revolución Institucional (PRI), la diputada Verónica Martínez García, presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados para tipificar y castigar el delito de acecho con una pena de 6 meses a 2 años de prisión, así como una multa de hasta 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) -aproximadamente 56 mil 500 pesos-.

La iniciativa ha sido turnada a la Comisión de Justicia y concretamente, plantea adicionar un artículo que contemple el acecho como delito al interior del Código Penal Federal, capítulo I «Hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación»; Martínez García demanda que la acción de acechar a una persona sea dimensionada como un delito que trasgrede las libertades de la víctima.

Aunque el acecho ya es un delito reconocido en algunos estados de la república, su penalización federal sigue pendiente.

Siendo una iniciativa dirigida a toda la república mexicana, el acecho como delito sólo está tipificado en cuatro estados de la misma, siendo Coahuila el primer estado en reconocer legalmente este delito; desde 2023 el estado fronterizo agrego a su código penal al acecho como un delito punible, autónomo y diferenciado del acoso y hostigamiento.

Secundando con el estado de Guanajuato y Tamaulipas, para terminar con el estado del norte, Nuevo León, quien el pasado 25 de marzo aprobó la “Ley Valeria” como parte de su código penal, estableciendo una sentencia de seis meses a dos años de prisión, además de una multa económica.

“Ley Valeria”

La Ley Valeria o Ley Contra el Acecho, recibe este nombre tras la historia de lucha y activismo de Valeria Macias, docente y ahora activista quien fue víctima de acecho por más de ocho años por parte de un exalumno.

En 2018, Valeria Macias era docente en la Universidad de Nuevo León, lugar en que se relacionó profesionalmente con David “N”, alumno de la institución, quien comenzaría a acecharla por medio de correos electrónicos, sumando más de 300 emails al día por varios días, hasta que encontró su perfil personal en redes sociales y posteriormente su número telefónico hasta llegar al acecho personal.

En consecuencia, de estos actos, Valeria acudió con las autoridades para presentar una denuncia hacia su agresor misma que no procedió porque “el ministerio público sólo atendía casos de violencia física”.

Para 2021, Valeria comenzó a recibir amenazas de muerte, con temor y sin la protección de las autoridades correspondientes, decidió contar su historia en redes sociales, por medio de un video, mismo que se mediatizo llegando a oídos de las autoridades.

En el mismo periodo de tiempo, David “N” fue arrestado, pasando tan sólo 8 meses en prisión, ya que su detención era por “acecho”, delito no que existía dentro del código penal, por lo tanto, su caso no tenía sustento legal. Posteriormente se volvió a emitir una orden de aprehensión en contra del acusado, mismo que se encontraba en calidad de prófugo, consiguiendo un amparo que le conseguiría deslindarse de la orden de captura.

“Esto fue una lucha de todos y la recompensa va a ser para todos. También hay hombres que son víctimas, pero son mucho más las mujeres… Mi agresor sigue suelto, pero bueno, esperemos que esto cambie con esta resolución de la ley”

CIMAC Noticias

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