Alertan usurpación de candidaturas destinadas a mujeres indígenas

abril 30, 2024
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Facebook de Cristina Solano Díaz
Facebook de Cristina Solano Díaz

Ciudad de México.- 246 candidaturas de mujeres indígenas formarán parte del actual Proceso Electoral Federal 2023-2024, hecho inédito alcanzado mediante acciones afirmativas, no obstante, Cristina Solano Díaz, indígena Ñuu Savi, intérprete traductora, dirigente estatal, señaló que ella ha detectado al menos 20 personas que no cumplen con las características para acceder a este tipo candidaturas solo en Baja California.

Refirió que la participación tan alta de mujeres indígenas en esta contienda electoral, es producto de una lucha que empezaron hace años, “hemos logrado una reforma electoral en Baja California mediante las acciones afirmativas del órgano electoral y, esta ley fue un logro de mujeres indígenas”.

La activista compartió que están dando acompañamiento para dignificar todas las candidaturas indígenas y afro desde el estado de Baja California, señaló que “de 147 postulaciones de candidaturas indígenas en el estado de Baja California, solo 1 fórmula es afromexicana, de esas postulaciones el 76 por ciento de participación corresponde a candidaturas de mujeres indígenas”.

Estas declaraciones se enlazan con la Red Nacional de Abogadas Indígenas (RNAI) quienes también lanzaron un llamado para identificar a aspirantes que utilizan la identidad indígena como manera de escalar hacia el proceso electoral: “nos encontramos preocupadas por las recientes designaciones de candidaturas indígenas”, señalaron.

La RNAI, destacó su postura: muchas de las personas que hoy son candidatas bajo el amparo de la “acción afirmativa indígena” no tienen un vínculo real con sus comunidades, ni arraigo con su territorio.

Luego de una intensa lucha por que los pueblos indígenas para que lograran obtener representación en el sistema de partidos políticos, surgieron arribistas que no representan a pueblos indígenas, o bien, simulan mantener relación con dichas comunidades.

Cristina Solano Díaz, también activista política y lideresa reconocida por su activa participación en la mejora de las condiciones de vida entre la comunidad jornalera, rural y migrante ubicada en el estado norteño de Baja California, platicó con Cimacnoticias y señaló:

“Desde la ciudad fronteriza de Tijuana anunciamos el pasado 12 de abril la creación del Primer Observatorio Autónomo de Participación Política de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos en el estado de Baja California, este hito marca un avance significativo hacia una democracia más inclusiva en la región de la frontera norte de México”, señaló.

Cristina Solano señaló que, de inicio, estarían trabajando en un mapeo, están monitoreando los medios de comunicación locales, y además, están preguntando con personas que identifican a los partidos políticos para que les informen, quién va en la fórmula de candidatura indígena.

Y, ahora el trabajo consiste en revisar las listas que publicará el Instituto Electoral de Baja California porque en caso de no encontrar concordancia, impugnaran esas candidaturas, señaló, “tenemos cuatro días para inconformarnos, si no estamos de acuerdo con esas postulaciones”.

En 2018, el INE implementó por primera vez una acción afirmativa dirigida a personas indígenas para la elección a diputaciones federales, obligando a los partidos políticos a postular personas indígenas en, al menos, 13 distritos electorales.

En 2021, se incrementó a 21 distritos y nueve candidaturas en las listas de representación proporcional.

En términos de la valoración, el artículo segundo constitucional señala que la conciencia de identidad indígena, conocida como “autoadscripción”, es el criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas.

Sin embargo, en materia electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que es necesario que los partidos políticos acrediten que existe un vínculo entre la persona que se pretende postular y la comunidad a la que se adscribe; a lo que se denominó “autoadscripción calificada”.

Lo anterior, para buscar garantías en que las personas electas bajo esta acción afirmativa realmente representen los intereses de las personas, pueblos y comunidades indígenas.

Por tanto, quienes usurpan estas candidaturas no han realizado trabajo comunitario previo, no manejaban una agenda en materia indígena, ni impulsado la defensa de los derechos colectivos de los pueblos y solo se situaron en esa condición con el propósito de obtener una candidatura indebida al reclamar para sí derechos que corresponden a los pueblos y comunidades indígenas.

Para los efectos legales basta con que presenten constancias de pertenencia indígena que son expedidas por parte de las autoridades municipales, locales, ejidales o de otro tipo de manera unipersonal y no colegiada. Y se sabe, que en las comunidades indígenas el voto de todos es importante para contar con una aprobación y liderazgo auténticos.

En ocasiones, esa constancia ni siquiera corresponde a la comunidad de donde son “supuestamente” originarias las personas postulantes. Y, tampoco otorgan elementos de identidad cultural – que sería lo que en su conjunto los acreditaría para calificar en esa categoría: diversos elementos culturales, espirituales, sociales, políticos, geográficos y familiares.

Bajo su mirada, las autoridades electorales deberían implementar mecanismos para erradicar la usurpación y simulación que permite que personas oportunistas ocupen la acción afirmativa indígena, ya que se pierde la posibilidad de que cualquier persona de la comunidad sea electa.

Las activistas concluyeron: “la autoadscripción ha sido señalada exhaustivamente en los precedentes judiciales, sin embargo, consideramos que la misma debe partir de la ética y la honestidad, del compromiso y el trabajo previo realizado en nuestras comunidades”.

El derecho indígena comprende dos ordenamientos jurídicos distintos: el de usos y costumbres y los Sistemas Normativos Indígenas, los cuales se encuentran en una relación de coordinación basada en derechos y obligaciones.

Actualmente, agregó, sólo en cinco estados de la República existe renovación de autoridades municipales mediante Sistemas Normativos Indígenas: en 417 municipios de Oaxaca. En Morelos, en las localidades de Xoxocotla, Coatetelco, Hueyapan y Tetelcingo, así también en Oxchuc, Chiapas; en Ayutla de los Libres, Guerrero y en Cherán, Michoacán.

CONSEJERAS DEL INE

Rita Bell López Vences, consejera del Instituto Nacional Electoral, ha señalado que el verdadero reto se encuentra con los partidos políticos en donde se han registrado casos de usurpación de identidad y Violencia Política en Razón de Género hacia ellas:

“Las mujeres indígenas enfrentan una discriminación agravada ante la intersección de varias categorías, no solo por ser mujeres, e indígenas. Muchas veces se da por la imagen, o por venir de un contexto rural o, incluso, por su tono de piel”, señaló la consejera del INE.

En el pasado reciente, la sociedad mexicana dio cuenta que para avanzar en la construcción de la democracia, era necesario abrazar a todos los sectores poblacionales, ya que al tener representación en los escaños políticos de la multiculturalidad del país, se abren los espacios para el diálogo y la comprensión de las diferentes problemáticas a resolver.

Sin embargo, el camino para alcanzar estos objetivos ha sido lento y ha requerido el compromiso y la participación de diversos sectores que han impulsado esta política de inclusión.

Ante Consejeras y Consejeros del Organismo Público Local Electoral (OPL) de Chihuahua, López Vences describió la evolución de las cuotas indígenas y las medidas afirmativas establecidas desde 2005, año en que, de los 300 distritos electorales, se consideraron 28 preponderantemente indígenas.

Posteriormente, añadió, en el periodo electoral 2017-2023 se autorizaron los criterios aplicables para el registro de candidaturas a los distintos cargos de elección popular denominadas indígenas, mediante el cual se incluyó a candidatas y candidatos que se autoadscribieran como indígenas.

En el año 2020, recordó la Consejera, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó las acciones afirmativas emitidas por el INE; de lo anterior, se desprendió que tres de las cinco listas de Representación Proporcional fueran encabezadas por mujeres.

De igual forma, en 21 de los 28 distritos catalogados por el INE como indígenas, los partidos políticos postularon a personas calificadamente como tal.

En 2021, mediante el proceso de consulta indígena, se crearon 44 distritos electorales federales indígenas y afromexicanos. En Guerrero resultó un distrito electoral mayormente con población afromexicana, señaló.

Además, se otorgaron cuotas para cinco grupos en situación de discriminación (indígenas y afromexicanos, personas con discapacidad, diversidad sexual, migrantes y residentes en el extranjero), entre ellas, a personas indígenas con 21 fórmulas de mayoría relativa y 9 de representación proporcional.

En tanto, a las personas afromexicanas se destinaron tres de mayoría relativa y dos de representación proporcional.

Por otra parte, la Consejera Electoral del INE Rita Bell, reflexionó: “hablar de los derechos electorales de las mujeres indígenas, es un tema complejo, que no se ha visibilizado y que, aún todavía en nuestros días, hay mucha discriminación y racismo, en la forma en que todavía se nos educa y convivimos. Es necesario hacer conciencia de estas formas de convivencia y de estos tratos para poder hacer cambios”.

CIMAC Noticias

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