Ciudad de México.- La imagen de Debanhi Susana Escobar Bazaldúa abandonada en la carretera se ha convertido en un símbolo que pone en evidencia la negligencia e incapacidad de las autoridades de Nuevo León para investigar una desaparición y, luego, un feminicidio.
La joven de 18 años desapareció el 9 de abril, 12 días después fue localizada sin vida. Desde el momento en que se le vio por última vez, no se dejó de especular sobre su forma de vivir y ser; incluso después de su muerte, las autoridades y los medios de comunicación se dedicaron a revictimizarla constantemente.
En un primer momento el fiscal de la entidad, Gustavo Adolfo Guerrero Gutiérrez, afirmó que Debanhi Escobar había fallecido ahogada tras caer “accidentalmente” a una cisterna en desuso ubicada al interior del Motel Nueva Castilla. Esta versión no convenció a la familia de la joven, por lo que ordenaron una segunda autopsia, la cual terminó por contradecir diversos puntos del primer análisis forense.
Ante esto, se decidió violentar nuevamente el cuerpo de Debanhi Susana a través de una exhumación, en ella se arrojó que la joven falleció como consecuencia de una asfixia por sofocación en su variedad de obstrucción de orificios respiratorios; es decir, no fue por sumersión, como en un principio indicó la Fiscalía de Nuevo León.
Así han actuado las autoridades del Estado durante los últimos meses: con muestras de evidentes contradicciones a su primera versión y sin perspectiva de género en sus investigaciones.
Autoridades de Nuevo León ignoran estándares internacionales contra violencia de género
La falta de perspectiva de género ha sido protagonista en el caso de Debanhi Escobar, aun cuando diversos mecanismos internacionales han dictaminado que el Estado a investigar sin omisiones ni negligencias las violaciones a los derechos humanos de las mujeres.
Tal es el caso de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), la cual destaca que los Estados parte están obligados a actuar con la diligencia debida para impedir la violación de los derechos o para investigar y castigar los actos de violencia.
Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) señala que cuando las autoridades demuestran ineficacia frente a casos de violencia contra las mujeres y niñas, “se propicia un ambiente de impunidad que facilita y promueve la repetición de los hechos de violencia en general y envía un mensaje según el cual la violencia puede ser tolerada y aceptada, lo que favorece su perpetuación y la aceptación social del fenómeno”.
Para analizar a profundidad las fallas de las autoridades de Nuevo León es pertinente recurrir a la Metodología de Análisis de Investigaciones de Feminicidios y Muertes Violentas de Mujeres y Niñas, publicada por la Oficina en México del Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), en la cual se establece que las autoridades deben partir de 19 criterios al investigar un feminicidio. De estos, la Fiscalía estatal incumplió al menos la mitad.
Uno de los criterios que se describe en la metodología diseñada por ONU-DH es la debida diligencia en el lugar de la investigación. Es decir, en el caso de Debanhi Escobar, las autoridades debieron haber verificado la existencia de cámaras de videovigilancia que pudieran contener material útil. Sin embargo, días después de que la joven de 18 años fue localizada sin vida, surgieron videos que la Fiscalía no había ubicado previamente.
“Debida diligencia en la identificación y el análisis del cuerpo sin vida” es otro aspecto que tampoco se cumplió en la investigación por el feminicidio de Debanhi Susana. Desde un inicio, las autoridades “no pudieron” determinar la fecha exacta de su muerte ni su causa.
Otro critero para analizar es si en el cuerpo de la víctima hay o no signos de violencia sexual. La Fiscalía y la autopsia independiente que se realizó al cuerpo de Debanhi no coincidieron en este punto, lo que dejó abierta la puerta a una posible agresión contra la joven.
La incomunicación es un aspecto que también debe tomarse en cuenta al investigar un acto violento perpetrado contra una mujer. En ese sentido, ONU-DH desglosa la importancia de conocer el tiempo en que la víctima estuvo desaparecida; sin embargo, en el caso de Debanhi Escobar esta información no pudo ser corroborada desde el inicio por las autoridades, sino hasta que la exhumación del cuerpo fue realizada.
Fue así como se supo que la joven permaneció con vida entre siete y nueve días antes de que fuera localizada en la cisterna del Motel Nueva Castilla.
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