Ciudad de México.- Con 76 votos a favor, el Pleno del Senado aprobó reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de que las autoridades de los tres ámbitos de gobierno (federales, estados, municipios y alcaldías de la Ciudad de México), adopten medidas integrales que protejan a la niñez contra las prácticas nocivas que representa el matrimonio infantil.
Con ello, se mandata a que las autoridades adopten medidas integrales contra las prácticas nocivas de cesión a título oneroso o gratuito, con fines de unión formal e informal o consuetudinaria. Dichas medidas deberán garantizar acciones afirmativas respecto de las niñas, niños y adolescentes que formen parte de comunidades indígenas, afromexicanas, con discapacidad, en situación de migración o desplazamiento o en exclusión social.
En México hay aproximadamente 35 millones de niñas, niños y adolescentes, de los cuales 7 millones contrajeron matrimonio antes de los 18 años. De las niñas y adolescentes que se casaron contra su voluntad, la mitad sufre violencia física, 70 por ciento sexual y 16 por ciento económica.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) señala que alrededor de 326 mil niñas y adolescentes contrajeron matrimonio de manera forzada y 193 mil se casaron a cambio de dinero, propiedades o regalos a sus padres para que celebraran matrimonios arreglados. En algunas zonas rurales, las niñas y adolescentes son vendidas hasta por 200 mil pesos.
Por otra parte, en el mundo 15 millones de niñas son casadas al año, esto significa 28 niñas por minuto, una cada dos segundos y nuestro país es uno de los 10 países con mayor número de matrimonios infantiles. Ocupa el octavo lugar mundial solo por debajo de India, Bangladesh, Nigeria, Brasil, Etiopía, Pakistán e Indonesia, y apenas después del Congo y Tanzania.
La presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, Josefina Vázquez Mota, manifestó que con la reforma se refuerza la prohibición del matrimonio infantil, temprano, precoz o forzado (MTPF), como también se le conoce, sobre todo en ciertas comunidades indígenas donde el matrimonio infantil es una práctica común al ser considerada parte de los usos y costumbres de las comunidades. Sin embargo, muchas niñas huyen de los hogares al no querer enfrentarse con este destino.
Hasta 22 años de cárcel
En el 2011 se reformó el artículo 4º constitucional en materia de derechos humanos. En dicha reforma se incorporó expresamente la obligación del Estado de velar por los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Mientras que en junio de 2019, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó la reforma para prohibir el matrimonio infantil, estableciendo como edad mínima para contraerlo 18 años de edad. Sumado a lo anterior, el Código Penal también se reformó en este año, para castigar con entre ocho y 15 años 22 años de cárcel el matrimonio entre infantes o adolescentes y adultos mayores de 18 años, así como para que las denuncias no prescriban. En caso de infantes y adolescentes indígenas y afrodescendientes, las penas van de los 12 a los 22 años de cárcel.
Con las medidas afirmativas en contra del matrimonio infantil que el Senado acaba de ordenar a los diferentes ámbitos de gobierno, se espera evitar el nacimiento diario de, en promedio mil, bebes de niñas adolescentes menores de 19 años a causa de los matrimonios forzados. De acuerdo con el informe Niñez interrumpida. Matrimonio infantil y adolescente en México, elaborado por el Consejo Nacional de Población (Conapo,2023), en 2022 nacieron 9 mil 185 bebés de niñas madres menores de 15 años; 98 por ciento de las cuales tenían entre 13 y 14 años de edad. Los estados que registran el mayor número de casos son: Chiapas, Coahuila, Guerrero y Veracruz.
El matrimonio infantil representa una práctica que altera el desarrollo integral de las y los menores como: su derecho a la salud, principalmente a la salud reproductiva (embarazos prematuros); su derecho a la educación, por el abandono escolar y rezago educativo y explotación física, principalmente en niñas, una condición violatoria de la igualdad de género.
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