INE ordena a AMLO bajar mañanera

marzo 30, 2023
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Foto: Presidencia.

Ciudad de México.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a la Presidencia de la República eliminar la mañanera del 26 de marzo o modificar lo conducente debido a que, en ella, el presidente Andrés Manuel López Obrador violó el principio de equidad respecto a las elecciones en Coahuila y el Estado de México.

La resolución del INE le da la razón a la senadora panista Kenia López Rabadán y al Partido de la Revolución Democrática (PRD), quienes señalaron que la Presidencia incurrió en el uso indebido de recursos públicos y violación al principio de equidad en la contienda, en detrimento de los comicios en Coahuila y Estado de México, así como del próximo en el de 2024 y elecciones locales concurrentes.

“Ahora, hay un Plan C, que no estén pensando que ya terminó todo. (…) que no se vote por el bloque conservador para que siga la transformación, ni un voto a los conservadores, sí a la transformación”, señaló aquel día el presidente López Obrador. 

Lo anterior fue considerado por la senadora Kenia López como una extralimitación de las funciones del presidente en un intento de querer manipular las elecciones porque las llamadas corcholatas (aspirantes a ser candidatos de Morena a la presidencia en 2024) “no levantan en las encuestas. 

De acuerdo con el INE, las declaraciones de López Obrador “pueden vulnerar el principio de equidad en la contienda electoral” por la falta de imparcialidad de servidores públicos que están en ejercicio de sus funciones y que no deben pronunciarse o hacer llamados al voto a favor o en contra de algún candidato o partido político, ni hacer actos proselitistas.

El colegiado destacó que el Presidente de la República tiene un especial deber de cuidado respecto de las expresiones que emite y que puedan derivar en una afectación de los principios de imparcialidad, neutralidad o disposiciones vinculadas con el proceso de Revocación de Mandato, obligación que ha sido reiterada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Por lo que respecta a la solicitud de que se ordene al Titular del Ejecutivo Federal, se abstenga de realizar manifestaciones similares a las realizada, se considera que la misma es improcedente, pues dicha petición versa sobre hechos futuros de realización incierta.

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