Mujer oaxaqueña gana amparo para acceder al aborto

diciembre 21, 2022
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Foto: Andrea Franco/CIMAC Noticias.

Ciudad de México.- Una mujer oaxaqueña interpuso un amparo debido a que, aunque en la entidad se despenalizó la interrupción del embarazo en septiembre de 2019, el acceso a este servicio en ámbitos públicos es limitado ya que ni el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ni el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) permiten a las mujeres acceder a dicho derecho debido a que, argumentan, el aborto sigue siendo penado en el Código Penal Federal. 

Fue así como la mujer derechohabiente del ISSSTE decidió emprender una acción legal argumentando que las leyes federales son violatorias del derecho a decidir, lo anterior siguiendo la línea de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en 2021 declaró como inconstitucional criminalizar a una mujer por abortar. 

El caso de la mujer llegó al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal y del Trabajo, donde por unanimidad de votos se concedió el amparo para que los artículos del Código Penal Federal restringen el aborto voluntario no sean aplicados a la mujer y no sea criminalizada si decide abortar o buscar acceso a los servicios, así lo dio a conocer AbortistasMX, una iniciativa de colaboración entre asociaciones y colectivas que comparten estrategias de litigio sobre aborto desde una perspectiva descentralizada.

Cabe recordar que el Código Penal Federal establece que el IMSS  e ISSSTE no brindan servicios de aborto porque esta procedimiento no ha sido despenalizado en la legislación nacional. 

“En este código se prohibe el aborto voluntario en cualquier momento de la gestación y solo permite el acceso a servicios de aborto por violación, peligro de muerte o espontaneo o accidental”, señala AbortistasMX. 

De ahí que la mujer oaxaqueña buscó hacer efectivo su derecho a interrumpir su embarazo de forma segura y gratuita por medio de los servicios de salud, los cuales son limitados en la entidad aún cuando el 25 de septiembre de 2019, el Congreso de Oaxaca modificó los artículos 312, 313, 314, 315, y 316 del Código Penal estatal a fin de permitir que las mujeres pudieran abortar hasta las 12 semanas de gestación por voluntad propia, lo que convirtió a esta entidad en el segundo estado en reconocer el derecho de las mexicanas a decidir sobre sus cuerpos. Antes de este cambio, había alrededor de 20 oaxaqueñas presas por abortar, según organizaciones feministas.

De acuerdo con un reportaje realizado por Cimacnoticias, de octubre de 2019 a junio de 2020 únicamente se realizaron 8 abortos legales en la entidad según los Servicios de Salud en Oaxaca. Otras 49 mujeres abortaron hasta julio de 2021, de acuerdo con la Dirección de Prevención y Promoción de Salud de los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO). 

Sin embargo, nueve oaxaqueñas viajaron a la Ciudad de México para interrumpir su embarazo en 2020, y de 2015 a junio de 2020, alrededor de 176 mujeres abortaron de forma segura en hospitales de la CDMX, según datos del gobierno capitalino.

Esta incidencia permitió constatar la fuerte estigmatización hacia esta práctica y que el derecho a decidir es obstaculizado en Oaxaca, obligando a las mujeres a continuar buscando otras opciones debido a que los servicios médicos no han sido idóneos para brindar un acceso seguro y gratuito a este procedimiento. 

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