Ciudad de México.- Las autoridades federales advirtieron de un incremento considerable de delitos digitales, violencia en internet y tráfico de pornografía infantil durante los meses de confinamiento a causa de la pandemia por covid 19, desde entonces, las denuncias han aumentado y detectaron que tanto niñas como adolescentes son las más afectadas, ante el panorama en cámara de diputados aprobaron reformas para prevenir y sancionar el delito.
Por unanimidad con 442 votos, la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para prevenir y sancionar ciberacoso y violencia digital en contra de ese sector de la población, de esta población,
El Módulo sobre Ciberacoso 2021 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) revela que 21 por ciento de la población de entre 12 y 17 usuaria de internet fue víctima de ciberacosos entre octubre de 2019 y noviembre de 2020, quienes recibieron insinuaciones o propuestas de tipo sexual a través de teléfono celular o internet.
El 35 por ciento de las mujeres recibió propuestas sexuales. Las situaciones experimentadas con mayor frecuencia fueron: recibir insinuaciones o propuestas sexuales (35.9 por ciento), contacto mediante identidades falsas (33.4 por ciento) y recibir mensajes ofensivos (32.8 por ciento); mientras que para la población de hombres que han vivido ciberacoso fueron: contacto mediante identidades falsas (37.1 por ciento), recibir mensajes ofensivos (36.9) y recibir llamadas ofensivas (23.7).
En un comunicado, la diputada Janine Patricia Quijano Tapia (PVEM), quien impulsó la iniciativa, indicó que la reforma adiciona el artículo 101 Bis 3 a la citada Ley para establecer que el Estado garantizará la seguridad en el acceso y uso de internet, a través de la protección, atención y sanción del ciberacoso. Además se castigarán todas las formas de violencia digital que causen daño a la intimidad, privacidad, seguridad o dignidad del menor, realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación.
El citado artículo señala que “Niñas, niños y adolescentes tienen derecho al acceso y uso seguro del Internet como medio efectivo para ejercer los derechos a la información, comunicación, educación, salud, esparcimiento, no discriminación, entre otros de conformidad con el principio de interdependencia, en términos de las disposiciones aplicables.” (LGDNNA, Art. 101 Bis. 2).
“Con la llegada de la pandemia en 2020, el internet resultó ser la única herramienta para continuar con las actividades educativas, permitiendo que niñas, niños y adolescentes tuvieran mayores accesos a la red del internet, generando una serie de riesgos, como el acoso y otras formas de violencia que causan daño a su intimidad, privacidad, seguridad y/o dignidad”, señaló en tribuna la diputada Quijano Tapia.
Quijano Tapia explicó que la propuesta establece la responsabilidad de las autoridades en todos los ámbitos de gobierno, de garantizar el acceso y uso seguro del internet de niñas, niños y adolescentes. Así como incorporar que las acciones que deben implementarse para garantizar el acceso seguro del internet deben considerar políticas de prevención, protección, atención y sanción de cualquier conducta que vulnere dicho derecho.
Protección digital para las mujeres
En lo que corresponde a mujeres mayores de 18 años usuarias de internet, en el 2021 Congreso aprobó reformas al Código Penal Federal y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para reconocer la violencia digital y tipificar el delito de violación a la intimidad sexual con la distribución no consentida de imágenes y se aprobó la Ley Olimpia (ley que toma el nombre de Olimpia Coral Melo víctima en 2014 de la difusión no autorizada de un video de contenido sexual). Por su parte, las legislaciones estatales también se han reformado, con más de 35 reformas legislativas en 28 de los 32 estados.
La Ciudad de México, avanzó un paso más en la protección a la intimidad de las mujeres, con la Ley Ingrid, una ley específica para evitar filtraciones de víctimas en caso de feminicidios, ello derivado del caso de Ingrid Escamilla ocurrido en febrero de 2020, de quien se filtraron imágenes de su cuerpo. La ley, que ya es federal, sanciona a funcionarios que difundan material de víctimas de un delito (como fotografías, grabaciones, copias, filmaciones, reproducción o difusión) y establece multas de entre 100 y 150 días de multa y de cuatro a diez años de prisión.
TE RECOMENDAMOS LEER: