Ciudad de México.- El Instituto Nacional Electoral (INE) dio a conocer su preocupación porque en el último mes han recibido 28 quejas, es decir, una por día, así lo informó la consejera electoral, Norma De la Cruz, por lo que llamó a las autoridades electorales locales y partidos políticos para que atiendan la situación de manera expedita,
Las mujeres que estén participando en esta contienda electoral se pueden acercar tanto al INE como a los Organismos Públicos Locales Electorales, donde se cuenta con un grupo interdisciplinario para dar atención a sus denuncias.
Y es que el pleno del Instituto Nacional Electoral recibió el Informe que presentó la Secretaría Ejecutiva al Consejo General en cumplimiento al artículo 47 del Reglamento de Quejas y Denuncias en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, en ese marco las consejeras Carla Humphrey, Norma De la Cruz y Dania Ravel advirtieron sobre el aumento de casos que pasaron de 374 a 402 quejas, denuncias en materia de VPMRG, esto del 14 de abril de 2020 al 19 de marzo de 2024, donde destacan las nuevas formas de ataques a las mujeres a través de las redes sociales.
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En tanto, la consejera electoral Dania Ravel centró la atención sobre el número de incompetencias, pues de 402 quejas recibidas, en 234 se ha declarado la incompetencia para conocer las quejas, lo que hace necesario una mayor capacitación para que las mujeres sepan a qué instancias se deben de dirigir para presentar sus quejas.
La consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, subrayó que pese a los esfuerzos en esta materia, el reto es grande, porque “siguen existiendo actos como la intimidación, la exclusión, la difamación, el acoso sexual, la agresión física o verbal y otras acciones que menoscaban los derechos políticos de las mujeres o que perpetúan estereotipos de género negativos en el ámbito político”.
Con el informe, dijo, se delinea que hay un lamentable aumento de comentarios y estereotipos sexistas que reflejan la violencia simbólica que sufren las mujeres, principalmente en redes sociales.
Ratificó el compromiso del INE en las siguientes materias: fortalecer la educación y concientización sobre igualdad de género en todos los niveles de la sociedad; establecer o robustecer mecanismos de denuncia, seguros y confidenciales para las víctimas de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género; capacitar a funcionarios en temas de género y no discriminación y promover la inclusión permanente de mujeres en puestos de liderazgo y candidaturas.
Asimismo, monitorear y sancionar de manera efectiva a quienes perpetúen Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género; fomentar la participación de la sociedad civil en la vigilancia y denuncia de casos, así como en la creación de Observatorios; así como garantizar la igualdad de oportunidades en los medios de comunicación para candidatos de todos los géneros.
También, desarrollar campañas de sensibilización pública sobre la violencia política y sus consecuencias; impulsar el debate público en torno a reformas legislativas que refuercen la protección de los derechos políticos de las mujeres y sancionen la violencia política de género de manera más eficaz.
Las nuevas disposiciones legales
El 13 de abril de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Dictamen de reforma a ocho leyes federales para atender y castigar la violencia que se ejerce contra las mujeres en la esfera política:
- Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia: Define qué es la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMG) e incluye un listado de conductas que pueden considerarse VPMG.
- Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales: Considera las conductas de VPMG como infracciones electorales sanciones y establece, otorga a los órganos electorales la facultad de ordenar medidas cautelares y de protección, instaura un Procedimiento Especial Sancionador específico para VPMG.
- Ley General en Materia de Delitos Electorales: Incorpora la VPMG como delito autónomo, con sanciones que van de 1 a 6 años de prisión y de 50 a 300 días multa.
- Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral: el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (JDC) podrá ser promovido por VPMG.
- Ley General de Partidos Políticos: Obliga a los partidos a crear mecanismos y procedimientos internos para prevenir, atender y sancionar la VPMG.
- Ley General de Responsabilidades Administrativas: Adiciona la VPMG entre aquellas conductas que pueden configurar abuso de funciones de servidores y servidoras públicas.
- Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación: Obliga a que los tribunales electorales se integren paritariamente.
- Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República: Obliga a crear la Base Estadística Nacional de VPMG.
Para garantizar la paridad de género y el respeto de los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral, el Instituto Nacional Electoral (INE) verificará que las postulaciones realizadas por los partidos políticos a los cargos federales cumplan con la reforma constitucional y no hayan sido sancionadas, con sentencia firme, por alguno de los 8 de 8 supuestos de violencia de género:
- Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal
- Contra la libertad y seguridad sexuales
- Cuando afecte el normal desarrollo psicosexual
- Violencia familiar
- Violencia familiar equiparada o doméstica
- Violación a la intimidad sexual
- Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), en cualquiera de sus modalidades y tipos
- Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa
De acuerdo con datos del mismo INE, el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género al 20 de febrero del 2024 hay 377 registros vigentes y 331 personas sancionadas, la mayoría son hombres: 266 agresores y Oaxaca se mantiene como la entidad con mayores casos.
Cabe resaltar que tanto las autoridades requirentes como la ciudadanía deberán remitir la información que posean a más tardar el 2 de abril de 2024, a efecto de que la autoridad electoral realice el análisis correspondiente y cuente con los elementos suficientes para determinar la resolución procedente.
En caso de que, derivado de dicha resolución, el INE tenga conocimiento de que alguna persona candidata incurrió en falsedad de declaraciones, dará vista a las autoridades respectivas y negará dichas candidaturas.
Actualmente, 15 entidades poseen un registro de estos supuestos: Ciudad de México, Campeche, Chiapas, Coahuila, Colima, estado de México, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas, a los que se solicitará la información, mientras que en el resto se hará a los tribunales superiores de justicia de cada estado.
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