Ciudad de México.- El 15 de julio, el Congreso de Puebla aprobó la tipificación de la violencia vicaria como un delito. Con esto se suma a otras cuatro entidades de la República mexicana donde se reconoce legalmente esta agresión contra las mujeres. Pero ¿qué es realmente la violencia vicaria?, y ¿qué implica que Puebla la haya tipificado?
La violencia vicaria comprende diferentes agresiones por medio de las cuales alguien que mantiene o mantuvo una relación sentimental con la víctima utiliza a sus hijas o hijos para lastimarla. Este tipo de violencia está presente, por ejemplo, en los casos en los que un padre manipula a las y los infantes para ponerlos en contra de su madre. También, cuando una pareja se divorcia y uno de los padres o tutores retiene a la hija o hijo sin autorización del otro.
La violencia vicaria puede llegar a expresiones extremas como el asesinato de niñas o niños. En cualquiera de los casos, el agresor busca afectar psicológicamente a la víctima por medio de sus seres queridos.
En el país, Zacatecas, Yucatán, Hidalgo, el Estado de México y Puebla ya tipificaron la violencia vicaria como un delito. En este último, quedó establecido que se castigará con penas de entre dos años y medio hasta 10 años ocho meses de prisión a quien ejerza este tipo de violencia contra sus parejas o ex parejas.
Así quedaron las reformas hechas en el estado
La diputada del Partido del Trabajo (PT), Mónica Silva Ruiz, fue quien promovió esta iniciativa en el congreso poblano. Con ella se modificaron la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; la Ley de Prevención, Atención y Sanción de la Violencia Familiar; la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y los códigos Civil y Penal de Puebla.
A grandes rasgos, en todos estos marcos se agregó una definición de lo que es la violencia vicaria. Además, quedó establecido en el Código Penal que, si bien la violencia familiar se castiga con sentencias de dos a ocho años de prisión, en el caso de la violencia vicaria la pena se elevará un tercio.
La pena también aumentará un tercio si hay un homicidio de por medio, en cuyo caso, el castigo será de 20 a 50 años de encarcelamiento. Finalmente, en el Código Civil de Puebla se agregó que las y los jueces podrán retirar la patria potestad o custodia a una persona si se comprueba que ejerció violencia vicaria contra sus hijas o hijos.
Este mismo castigo aplicará contra quienes le nieguen la convivencia con las y los infantes a quien tenga derecho a ella judicialmente. Con todas estas medidas, se espera visibilizar y perseguir un tipo de violencia que no solo afecta a las mujeres, sino también a niñas, niños y adolescentes.