Castigarán con cárcel cohabitar con menores como en el matrimonio

julio 9, 2023
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Foto: César Martínez/CIMAC Noticias.

En México, las personas mayores de edad ya no podrán obligar a niñas, niños o adolescentes a vivir con ellas como si estuvieran en una relación o en un matrimonio. Tampoco podrán orillar a las y los menores de 18 años a vivir con alguien de su edad en este mismo sentido. Esto, debido a una reforma en el Código Penal Federal que reconoce un nuevo delito llamado “cohabitación forzada”, el cual será sancionado con entre 8 y 15 años de prisión.

La cohabitación forzada está estipulada en el Código Penal Federal de nuestro país desde el 25 de abril de este 2023. De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación de esa fecha, comete este delito quien “obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias” personas menores de edad “a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de dieciocho años de edad, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio”.

Aunque la reforma no es clara al respecto, esta sanción también podría aplicarse a quienes cometan este delito en contra de personas con discapacidad, pues en el recién añadido Capítulo IX al Código Penal se estipula que las víctimas de la cohabitación forzada pueden ser “personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho” o “personas que no tienen capacidad para resistirlo”.

Quien cometa este delito recibirá entre 8 y 15 años de prisión, además de una multa de entre mil y dos mil quinientos días. Esta pena se incrementará hasta en una mitad en su mínimo y en su máximo si, además, la víctima pertenece a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana. De acuerdo con Ipas Latinoamérica y El Caribe (Ipas LAC), precisamente, estas comunidades son de las más afectadas por este tipo de violaciones a los derechos humanos de infancias y adolescencias.

El problema de la cohabitación forzada en las regiones rurales de México

A través de un comunicado oficial, Ipas LAC detalló que, según estimaciones, el 3 por ciento de las mujeres entre 20 y 24 años en zonas urbanas de México establecieron una unión con alguna pareja antes de cumplir los 15 años. Esta cifra se eleva al 6 por ciento en áreas rurales y alcanza el 8 por ciento en aquellas zonas donde predomina alguna lengua indígena.

Por otro lado, la organización señala que la quinta parte de las mujeres mexicanas se unen y viven en pareja antes de cumplir 18 años (es decir, siendo niñas o adolescentes). En los estados de Guerrero, Tabasco, Chiapas y Michoacán, una tercera parte de ellas cohabitan con una pareja antes de ser mayores de edad.

La relación entre estos porcentajes y las comunidades rurales donde se presentan no es algo azaroso. Tal como ha explicado la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, en entidades como Oaxaca, el matrimonio infantil es una práctica común al ser considerada parte de los usos y costumbres de las comunidades. Sin embargo, como la misma Eufrosina, muchas niñas huyen de sus hogares al no querer enfrentarse con este destino.

Otro de los problemas detrás de la cohabitación o el matrimonio forzado es el constante aumento de embarazos infantiles y adolescentes. En el país, cada día nacen mil bebés de niñas adolescentes menores de 19 años en promedio. En 2022 nacieron 9 mil 185 bebés de niñas madres menores de 15 años; el 98 por ciento de estas niñas entre 13 y 14 años. Los estados que registran el mayor número de casos son Chiapas, Coahuila, Guerrero y Veracruz.

De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, 48 mil 051 adolescentes encuestadas tuvieron su primera relación sexual en la infancia o adolescencia sin su consentimiento.

Por último, pese al avance que representan las reformas al Código Penal en este tema, Ipas LAC externa su preocupación debido a que la descripción del delito de cohabitación forzada también abarca las relaciones consentidas entre personas adolescentes. De acuerdo con la organización, este apartado desconoce el principio internacional de capacidades evolutivas de las y los adolescentes para tomar decisiones autónomas sobre el plan de vida y las metas. En este sentido, puede ser interpretado como una limitación para el ejercicio de los derechos sexuales y los derechos reproductivos de las y los adolescentes.

CIMAC Noticias

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