El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) podrá retomar sus actividades con normalidad con sólo cuatro integrantes mientras el Senado hace el nombramiento de los tres comisionados vacantes.
En sesión de este miércoles, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó una suspensión a favor del organismo autónomo que le permite, aún sin contar con el quórum legal necesario para ello, poder sesionar de manera ordinaria, luego de casi cinco meses sin poder hacerlo.
Este asunto ya había sido analizado en abril pasado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien negó dar trámite a la controversia constitucional presentada por el INAI, sin embargo, inconforme, el organismo presentó un recurso de reclamación, la cual fue declarada fundada por la mayoría de la Sala.
Ahora bajo la ponencia del ministro Javier Laynez Potisek, éste planteó otorgar la suspensión solicitada por el organismo para librar temporalmente las limitaciones del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que establece un mínimo de cinco comisionados para sesionar.
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La propuesta fue acompañada por los ministros Luis María Aguilar Morales y Alberto Pérez Dayán, mientras que la ministra Yasmín Esquivel votó en contra y Loretta Ortiz Ahlf no se presentó en la sesión.
El de hoy es el segundo fallo favorable que obtiene el INAI en la SCJN. El anterior se dio en junio pasado, cuando el Pleno del Alto Tribunal consideró que el Senado de la República sí fue omiso al no hacer el nombramiento de los tres comisionados faltantes, dos de ellos desde abril de 2022.
El no haberlo hecho provocó que el órgano entrara en una inoperancia parcial, ya que no podía sesionar de manera ordinaria, provocando la acumulación de recursos de reclamación de la ciudadanía, que hasta esta mañana acumulaban más de ocho mil 200, de acuerdo con la comisionada presidenta Blanca Lilia Ibarra Cadena.
Sobre esa sentencia, aunque se acusó de omisa la actuación de la Cámara Alta, pues el INAI además se ve imposibilitado de salvaguardar los derechos al acceso a la información pública y a la protección de datos personales, aún no se conocen los alcances, pues la SCJN entró en período vacacional y desde que retomó actividades el 1 de agosto no ha analizado el asunto.
Las propuestas están a cargo del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, mismas que una vez sean discutidas revisarán la sentencia dictada hoy por la Segunda Sala, dejándola inoperante, ahora por la decisión tomada en el Pleno.
Sin embargo, de momento el fallo de este miércoles permite al INAI retomar sus actividades con parcial normalidad, dando un voto de calidad a la comisionada presidenta para que en caso de que alguna de las votaciones sea dividida, ella tenga la facultad de desempatarla.
Tras el fallo, el INAI destacó la decisión de la Segunda Sala a la que le reconoció su compromiso en la defensa de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales.
“El fallo da muestra de la importancia de los equilibrios de poder en el país, así como de la vigencia de un Estado de Derecho, en el que prevalezca el respeto a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los derechos humanos”, destacó en un comunicado.
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