Corte respalda derecho de viudas a la pensión

julio 14, 2023
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Foto: César Martínez/CIMAC Noticias.

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional negar pensión por viudez cuando la persona contraiga matrimonio nuevamente o se una en concubinato, ya que la pensión es “un derecho que se gestó con las aportaciones del trabajador durante su vida productiva para garantizar la subsistencia de sus beneficiarios después de su muerte”; este fallo se dio como parte del Amparo de revisión 207/2023, en contra del artículo 135 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), que ordenaba terminar con esta prestación en el supuesto anterior. 

Sobre este proyecto, propuesto por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, la Segunda Sala señaló que condicionar la pensión a un estado civil es injustificado, “ya que toda persona tiene el derecho de formar una familia”. 

“No debe excluirse el pago de la pensión por viudez, pues no se trata de una concesión gratuita o generosa, sino de un derecho”. 

Lo anterior dejaría atrás el Artículo 135 que destaca que en caso de que la persona viuda inicie una nueva relación, recibirá como única y última prestación el importe de seis meses de la pensión que venía disfrutando. 

“Negar la pensión por viudez cuando la viuda o viudo se vuelve a unir en matrimonio o concubinato resulta contrario a los principios de igualdad y no discriminación y a los derechos fundamentales a la familia y a la seguridad social”, sentenció la SCJN.

Viudez pone en situación vulnerable a mujeres: UNAM

Según el último censo de población del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2020), 3.7 millones de mujeres en México son viudas y casi el 77 por ciento de ellas son jefas del hogar. De acuerdo con las investigadoras Imelda Nathaly González Guevara y Ariana Lourdes González Rodríguez, la viudez pone en situación de vulnerabilidad a estas mujeres, quienes tras la pérdida de sus parejas pueden encontrarse con obstáculos para ejercer ciertos derechos en un sistema fundamentalmente patriarcal.

“Dentro del mismo núcleo social o familiar se les somete a rituales de duelo vejatorios. Recordemos que en comunidades alejadas de nuestro país hay múltiples expresiones culturales”, señala Nathaly González. Estos rituales pueden incluir ayuno o el servicio total a la familia, pues cuando fallece el marido la esposa pasa a ser “propiedad” de la familia política, pero sin ningún tipo de derechos de por medio, subraya la abogada.

Pero esto ocurre con las mujeres a las que se les permite permanecer en el hogar familiar de sus esposos fallecidos. La otra posibilidad es que las desalojen del domicilio conyugal o se les niegan los derechos de herencia, especialmente cuando no había un testamento, lo cual las sitúa en mayor condición de vulnerabilidad y desigualdad.

A su vez, la académica de la Escuela Nacional de Trabajo Social (ENTS), Ariana Lourdes González Rodríguez, considera que el mundo es interpretado a partir de una mirada masculina, donde a las mujeres nos educan para “ser de otros”; es decir, casarse y vivir en pareja es uno de los ideales. Por lo tanto, ser viuda es señal de debilidad, por lo que a las mujeres en esta condición se les olvida, se dejan de lado y tampoco se quiere hablar sobre ellas.

“Como vivimos en una sociedad patriarcal, donde se nos dice que una mujer vale más cuando está casada que cuando es viuda, entonces se generan procesos de violencia en su contra. También depende mucho de la edad a la que esto ocurre, pues si enviudaste temprano todavía te puedes casar porque tienes un cuerpo joven y puedes reproducirte, pero si eres una adulta de 50 años se te asignan ciertas actividades de dependencia, incluso económica, hacia los familiares”, sentencia González Rodríguez.

CIMAC Noticias

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