Ciudad de México.- Las grasas trans en aceites, alimentos y bebidas no alcohólicas fueron prohibidas la tarde de este jueves por el Pleno de la Cámara de Diputados, con 472 votos a favor, con el objetivo de disminuir las muertes derivadas por el consumo de dichas sustancias.
Los legisladores agregaron un artículo 216 Bis a la Ley General de Salud que establece que “los aceites y grasas comestibles, así como los alimentos y bebidas no alcohólicas, no podrán contener en su presentación para venta al público aceites parcialmente hidrogenados, conocidos como grasas trans, que hayan sido añadidos durante su proceso de elaboración industrial”.
Durante la presentación del dictamen, el diputado Joaquín Zebadúa, secretario de la Comisión de Salud, dijo que 13 mil mexicanos mueren al año a consecuencia de cardiopatías y accidentes cardiovasculares producidos por el consumo grasas trans, de acuerdo con estudios de organizaciones civiles, por lo que la nueva disposición de la Ley de Salud “salvará vidas”.
El legislador destacó la importancia de la prohibición, sin embargo, lamentó que hayan tenido que pasar tres años para cumplir con los lineamientos que la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de Salud establecieron en 2019 para eliminar las grasas trans de alimentos procesados que se comercializan en América.
“Vamos tarde porque Canadá y Estados Unidos ya tienen legislaciones que van en ese sentido. Vamos tarde porque Brasil, Uruguay, Argentina, Chile y Perú ya tienen normatividad para eliminar las grasas trans”, indicó.
El legislador vaticinó una lluvia de amparos en contra de la nueva disposición –tal y como ocurrió con el etiquetado frontal– por parte de las empresas que, dijo, reducen sus costos utilizando grasas trans en sus productos para darles más tiempo de vida en el anaquel pero afectando la salud de los consumidores.
Sin embargo, dijo esperar que el Poder Judicial resuelva los amparos garantizando el derecho a la salud de los mexicanos.
La minuta fue enviada al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y su entrada en vigor un día después.
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