¿Qué se ha legislado en favor de mujeres, niñas y adolescentes en las últimas legislaturas?

marzo 12, 2024
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Ciudad de México.- En el marco del 8 de marzo que se conmemora el Día Internacional de la Mujer, el Senado de la República, en casi seis años de la LXIV y LXV Legislaturas, ha aprobado cinco reformas constitucionales y 11 a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para favorecer el principio de igualdad y de derechos humanos de niñas, adolescentes y mujeres, pero aún se deben concretar leyes en favor de las mismas para garantizar la igualdad de oportunidades, afirma la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Marcela Guerra.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Marcela Guerra, afirma que en la LXV Legislatura se ha trabajado para legislar en favor de las mujeres y garantizar sus derechos y disminuir la violencia, así como desigualdad, ya que se han aprobado 84 dictámenes que reforman diversas leyes.

“Pero tenemos que avanzar en la consolidación de la reforma constitucional en materia del Sistema Nacional de Cuidados, para reconocer el trabajo doméstico y de cuidados que, principalmente, ellas realizan. Necesario, implementar el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, lo cual implica la armonización en las entidades federativas; expedir disposiciones legislativas que permitan cerrar la brecha salarial, para que, a trabajo igual, salario igual, sin distinción de género”, destaca.

Menciona la necesidad de consolidar el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y fortalecer el Presupuesto para las mujeres, particularmente el Anexo 13, relacionado con las políticas de igualdad de género.

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Afirma que en México se han dado pasos importantes para lograr que la paridad de género y la igualdad en todo esté plasmada en la Constitución. Se tienen 250 diputadas, 64 senadoras, 10 gobernadoras, las titulares del Instituto Nacional Electoral, Tribunal Electoral, Banco de México, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las presidencias en la Cámara de Diputados y el Senado y “seguramente una mujer será Presidenta de la República, pero aún tenemos el reto de lograr que en los tres órdenes de gobierno se dé la paridad total”.

“… Recordemos que debemos seguir abriendo brecha, con la creación de leyes, profundizar en el debate para comprender los procesos sociales y continuar luchando para conseguir la igualdad y ejercer todos los derechos. Ni más ni menos, simplemente iguales”, enfatiza.

La última reforma a la Constitución en pro de las mujeres, se publicó el 29 de mayo de 2023 en el Diario Oficial de la Federación, modifica el artículo 38 para incorporar en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público por:

“Tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos”.

Se incluye el supuesto de ser declarada como persona deudora alimentaria morosa. Otra reforma a la Carta Magna es a los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 para garantizar que la mitad de los cargos de decisión política en los tres niveles de gobierno, en los tres poderes de la Unión y organismos autónomos sean para mujeres, lo que se conoce como “paridad en todo” o paridad transversal.

Las modificaciones al artículo 19 constitucional, amplían el catálogo para que los jueces orden la prisión preventiva oficiosa en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, violación, secuestro y trata de personas.

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En cuanto a las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida LIbre de Violencia, contemplan la sanción a la violencia sexual en espacios públicos; la definición de violencia por interpósita persona, es decir, aquel acto u omisión que tiene por objeto causar perjuicio o daño a las mujeres y que se dirige contra las hijas o hijos, familiares o personas allegadas. 

Destacan también las adecuaciones para la creación de centros de justicia para mujeres, para brindarles atención gratuita y atención integral a aquellas víctimas de violencia de género; las que especifican que la violencia física es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando las fuerza o algún tipo de arma, objeto, ácido o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra sustancia que, en determinadas condiciones puede provocar o no lesiones ya sean internas, externas o ambas.

Las reformas en materia de violencia digital y mediática, definida como toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización y que le cause daño psicológico, emocional en cualquier ámbito de su vida privada o imagen propia.

El 19 de marzo de 2021 entró en vigor la reforma para fortalecer las órdenes de protección emitidas por la autoridad para salvaguardar la integridad y la vida de las mujeres, las niñas y las adolescentes víctimas de violencia. 

La reforma precisa que son actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima, previene que se repita la agresión, se otorgan de manera oficiosa o a petición de las víctimas y son emitidas por autoridades administrativas, el Ministerio Público o por los órganos jurisdiccionales competentes.

CIMAC Noticias

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