CDMX sancionará la violencia vicaria

mayo 23, 2024
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Violencia vicaria

Ciudad de México.- Con 43 votos a favor y ninguno en contra, diputadas y diputados del Congreso de la CDMX, sin importar el color de su partido, aprobaron que la violencia vicaria sea tipificada como delito, a la cual se le impondrán penas de hasta 6 años de cárcel en caso de comprobarse, a los padres de hijas e hijos quienes incurran en este delito y obtendrán una sentencia mínima de dos años y la pérdida total de la patria potestad.

Cimacnoticias, documentó el proceso de los trabajos legislativos para que la Ley Vicaria sea reconocida en toda la República y llegue a nivel federal tras un dictamen aprobado por la Comisión de Igualdad de Género en la Cámara de Diputados.

Durante ese ejercicio legislativo en el 2022, la congresista Melissa Vargas Camacho del PRI ya advertía que no se niega el hecho de que los hombres también pueden sufrir violencia a través de la sustracción de sus hijas o hijos. No obstante, recordó que 8 de cada 10 víctimas de violencia vicaria son mujeres; además, la mayoría de ellas sufren otras violencias previas por parte de sus exparejas (algo que no suele ser tan común en el caso de los hombres).

La legisladora también hizo énfasis en que hay muchos agresores que hacen uso de sus posiciones de poder político para obstaculizar las investigaciones en su contra e, incluso, modificar documentación usada durante los procesos legales. 

Lo anterior se evidencia en los análisis realizados por el Frente Nacional Contra Violencia Vicaria (FNCVV), según los cuales, 9 de cada 10 agresores levantan denuncias falsas en contra de sus víctimas. Esto tiene repercusión en las mujeres pero también en sus hijas e hijos, quienes creen que sus madres cometieron robos o hasta delitos de violencia sexual por culpa de los agresores.

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Por otro lado, el FNCVV también ha tenido información sobre casos en los que la violencia vicaria ha desencadenado en suicidios inducidos de mujeres. En este sentido, la diputada Vences Valencia remarcó que la violencia vicaria es una de las antesalas del feminicidio.

No podemos dejar de hacer mención de Diana Luz, una de las mujeres impulsoras de la Ley Sabina, ella se convirtió en defensora a raíz de su propia historia y la de su hija. Ella, junto con diversas colectivas feministas y diputadas del Congreso capitalino, han tenido como objetivo permitir que millones de madres obtengan justicia jurídica y social tras denunciar a los deudores alimentarios morosos.

Diana Luz Vázquez Ruíz demandó al padre de Sabina en 2018. Primero intentó hacerlo en la Ciudad de México, donde vive desde hace años. Ahí le dijeron que debía poner la demanda en Oaxaca, porque es el lugar donde nació su hija; sin embargo, en Oaxaca determinaron que la denuncia debía hacerse en CDMX, porque ahí era donde vivía Sabina en el momento del proceso. Entre este ir y venir, Diana gastó cerca de 10 mil pesos.

El padre, por su parte, nunca se ha presentado a las audiencias, por lo que Diana Luz, convocó a un tendedero de deudores alimentarios en la plaza de Santo Domingo de Guzmán, en Oaxaca, el 12 de julio de 2021. 

Esa fue la primera de una serie de manifestaciones con tendederos en diferentes partes del estado como Juchitán, un municipio donde –de acuerdo con Diana– muchas mujeres son maltratadas por hombres que tienen lazos con el narcotráfico. Además de las manifestaciones, la madre de Sabina también transformó su auto en la Patrulla Feminista de Oaxaca, la cual utilizaba junto con otras madres para ir a señalar a los deudores alimentarios en sus propios lugares de trabajo.

Todos estos ejercicios de visibilización de la violencia alcanzaron un punto álgido en la postulación de la “Ley Sabina”; pero mientras las mujeres luchan por avanzar, políticos como el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena proponen eliminar la pena de prisión de tres a cinco años contra los deudores alimenticios.

Ley contra la violencia vicaria en CDMX

El dictamen fue presentado por la Comisión de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias, para modificar el Código Civil y el Código Penal para el Distrito Federal, con el propósito de establecer el concepto de violencia vicaria y la misma sea la causa de la pérdida de la patria potestad mediante sentencia judicial, así como para establecer el tipo penal de violencia vicaria y contribuir a combatir la violencia contra las mujeres.

El dictamen describió que para efectos del Código Civil, se entenderá como violencia vicaria a cualquier acto u omisión cometido por quien mantenga o haya mantenido una relación de matrimonio, concubinato o de hecho con una mujer y que ejerza agresiones físicas, psicológicas, sexuales, económicas o patrimoniales contra ella, utilizando a sus hijos.

Estableció que en la parte del Código Penal, se añadió un capítulo en esta materia, para establecer que a quien cometa estos actos, se le impondrán de dos a seis años de prisión, así como pérdida de los derechos que tenga respecto de las víctimas, incluidos los de carácter sucesorio y patria potestad de hijas e hijos.

También, indicó que este tipo de violencia surge por la idea de superioridad de los hombres y se convierte en la forma de control patriarcal a cualquier costo que impacta directamente a los hijos. 

Esta es otra forma de violencia contra las mujeres, pero las víctimas directas son las niñas, niños y adolescentes y en ocasiones a otros miembros cercanos de la mujer configurando así, no solo una violación a los derechos humanos de los afectados, sino delitos graves contra la integridad de toda la familia, precisa el documento.

Además, detalló que a quien mantenga o haya mantenido una relación de matrimonio, concubinato o con una mujer y que por sí o por interpósita persona ejerza violencia física, psicológica, sexual, económica o patrimonial contra ella, utilizando como medio a sus descendientes, ascendientes, personas con discapacidad o enfermedad que se encuentren bajo su cuidado, mediante amenazas, intimidación, puesta en peligro o cualquier acto de violencia, se le impondrán de dos a seis años de prisión, así como pérdida de los derechos que tenga respecto de las víctimas, incluidos los de carácter sucesorio y patria potestad de hijas e hijos.

Al respecto, la diputada de Morena, Ana Francis López, impulsora de la iniciativa, precisó que con esta aprobación se da un paso muy importante en la protección de todas las mujeres que han enfrentado este tipo de agresiones, donde también se busca la protección de los menores de edad.

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Al razonar su voto, la diputada expresó que establecer este concepto en la legislación, es una forma de que las mujeres capitalinas alcen la voz al ser víctimas de este delito, así como un paso más en la lucha por sus derechos de las niñas, niños y adolescentes de la capital.

En los últimos años las colectivas feministas y de madres víctimas de violencia vicaria se han manifestado en contra de esta forma en la que se ha ejercido saña en contra de las mujeres, ya que utilizando a sus hijas e hijos o a personas cercanas a ella para generar malestar y dañarlas.

Por ello, el dictamen que fue avalado por el Congreso de la Ciudad de México señaló el término de violencia vicaria que se ha venido acuñando en las últimas décadas es para describir, estudiar y combatir una de las formas de violencia que es ejercida en contra de las mujeres, de forma indirecta.

En el documento se precisó que los agresores no infringen violencia directamente sobre las mujeres, sino que utilizan como medio a otras personas, generalmente a las hijas y los hijos de ellas o personas con las que tenga un fuerte lazo afectivo, con lo cual consiguen causarle daño.

CDMX fortalece Código Penal sobre feminicidio

Las diputadas y diputados del Congreso de la Ciudad de México también aprobaron un dictamen que busca fortalecer las sanciones por feminicidios, al incluir supuestos no considerados o ambiguos en la redacción actual del mismo, el cual tiene la finalidad de mejorar la protección a las mujeres en la capital.

Asimismo, se agravan las sanciones en los casos en que existan relaciones de subordinación o superioridad, incluyendo las que se den en un plano religioso, institucional, de servicio o cualquier otra análoga que se presente.

El dictamen precisó que el tipo penal de feminicidio se incluye la noción de las mujeres a lo largo de su ciclo de vida y de las personas de género femenino, además de ampliarse el ámbito espacial en que se pueden producir antecedentes de violencia hacia las mujeres como el docente, comunitario, institucional, político, digital o mediático.

En vigor reforma federal para sancionar con cárcel

Las reformas en materia de violencia vicaria con las que se tipificó esta práctica como un delito que puede ser sancionado con 5 años de prisión entraron en vigor en enero del 2024, luego de que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, el cual tiene como objetivo prevenir y sancionar la violencia a través de interpósita persona.

Gabriela Pablo, representante de colectivos de feministas, desde el Senado de la República, hizo un llamado a los impartidores de justicia a que tomen con seriedad la violencia vicaria, porque es cruel, extrema y lleva a las madres años salir de este “terrorismo machista, que implica el hecho de intentarse liberar de un abusador, de un maltratador, un progenitor que tiene este tipo de conductas no es un buen padre”.

“Como sociedad, tenemos que dejar de normalizarlo, tenemos que proteger a las mujeres y a las infancias de esta cruel atrocidad, porque realmente la violencia vicaria es la antesala del feminicidio, es terrorismo machista y desafortunadamente, todavía hay demasiado trabajo por hacer. Una de las preguntas más constantes que tenían las madres al día de hoy, es si ellas ya pueden denunciar violencia vicaria, a pesar de que la ley se creó hoy, si es retroactiva”, precisó.

Con el trabajo conjunto entre colectivas feministas y el Poder Legislativo se logró reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, del Código Civil Federal y del Código Penal Federal, a fin de generar mayor protección integral de niñas, niños, adolescentes y mujeres, porque finalmente México tiene un marco legal que los protege de este tipo de daño.

Gabriela Pablo celebró la entrada en vigor de esta Ley, la cual consideró histórica, pues por primera vez se presenta una de este tipo en América Latina; siendo México un referente y un parteaguas para la protección de las infancias y de las madres contra esta terrible violencia machista.

“Agradecer a nombre de las colectivas, agradecer a todas las madres que trabajaron en esta Ley Vicaria, porque esta Ley Vicaria no hubiera sido posible, si no hubiéramos alzado la voz, si no hubiéramos dicho basta a todos los abusos, si juntas no hubiéramos denunciado en las redes sociales desde donde hicimos”, resaltó. 

Señala a la violencia vicaria como cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar daño a las mujeres, se dirige contra las hijas e hijos o personas allegadas, esta reforma tipifica conductas como amenazar con causar daño a los hijos, sustraerlos, retenerlos o usarlos para obtener información de la madre y promover actos de agresión en su contra, entre otras.

Incluir el concepto “violencia a través de interpósita persona” o violencia vicaria, muestra las diversas formas de agresión que pueden afectar a las mujeres, hijas e hijos, al considerar relaciones pasadas o presentes. Este enfoque preventivo y proactivo es esencial para abordar situaciones de riesgo.

CIMAC Noticias

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